Confirmado por el Tribunal Supremo: si trabajas el 1 de mayo, tu empresa te tiene que pagar más o dar otros días libres
Este derecho reconocido por un juez avala que las personas que tienen que ir a su puesto de trabajo en el día festivo reciban una recompensa a cambio para evitar agravio comparativo

PI STUDIO
Miles de trabajadores canarios, especialmente del sector servicios, tendrán que acudir a su puesto el próximo 1 de mayo, pese a tratarse de un día festivo. Esta situación supone renunciar a un descanso reconocido en el Estatuto de los Trabajadores, por lo que el Tribunal Supremo ha establecido que los empleados afectados deben recibir una compensación equivalente para evitar un "agravio comparativo" respecto al resto de la plantilla.
Este es uno de los 14 festivos laborales reconocidos en España a lo largo del año. Sin embargo, la ley no impide trabajar ese día si existen necesidades organizativas o productivas de la empresa. En esos casos, los empleados pueden ser llamados a su puesto, aunque deberán recibir la compensación o gratificación correspondiente conforme a la normativa laboral y al convenio aplicable.
El Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho
El marco legal de este derecho se encuentra en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. A esto se suman recientes sentencias del Tribunal Supremo que han reforzado los derechos de los empleados para evitar abusos en los calendarios laborales.
Estas resoluciones judiciales abren un nuevo escenario laboral. Hasta ahora, muchos empleados trabajaban en festivo sin recibir una compensación clara más allá de lo establecido por su empresa o convenio. Sin embargo, tras la reclamación de un trabajador, los tribunales han reforzado el criterio de que trabajar en un día festivo debe conllevar una compensación adecuada.
Descanso o más dinero, son las dos opciones que marca la ley
Trabajar en un festivo no sale gratis para la empresa. La normativa obliga a compensar al trabajador de una de estas dos formas:
- Día de descanso retribuido equivalente: si trabajas el 1 de mayo, la empresa puede darte otro día libre en fechas posteriores sin pérdida de salario.
- Compensación económica: si no hay descanso, el trabajador debe cobrar ese día con un recargo mínimo del 75% sobre el salario habitual, según el Real Decreto 2001/1983. En la práctica, supone cobrar casi el doble por esa jornada.
Además, el convenio colectivo puede mejorar estas condiciones. En muchos sectores se establecen pluses de festividad más elevados o pagos superiores al mínimo legal.
El Supremo corrige a las empresas: ya no puedes perder el festivo
Uno de los cambios más relevantes en los últimos años llega de la mano del Tribunal Supremo. Sus sentencias más recientes han dejado claro que los festivos y los descansos semanales no son lo mismo.
La Justicia ha puesto fin a esta práctica. Si tu descanso semanal cae el 1 de mayo, la empresa está obligada a darte otro día libre adicional. El festivo no puede absorberse dentro del descanso ordinario o de lo contrario, se debe pagar de manera especial, con un valor de las horas que el de una jornada normal.
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