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Confirmado por el Estatuto de los Trabajadores: las personas con un contrato parcial tienen 30 días de vacaciones en 2026

Los trabajadores a media jornada también tienen derecho a un mes completo de vacaciones, aunque esto sí influye en el salario y en la forma de calcular las vacaciones según el horario de cada empleado

Estos son los derechos de los trabajadores con un contrato inferior a 40 horas

PI STUDIO

Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Las vacaciones de verano están a la vuelta de la esquina y muchos trabajadores ya empiezan a planificar sus días de descanso. Quienes tienen un contrato tradicional de 40 horas semanales lo tienen más fácil, porque ya cuentan con el periodo vacacional reconocido por el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, cuando se trabaja a jornada parcial, pueden surgir preguntas sobre cuántos días corresponden realmente, aunque los expertos laborales recuerdan que estos empleados también tienen derechos protegidos. Esto les lleva a preguntarse, si trabajan menos horas, ¿también tienen menos vacaciones?

Los trabajadores a tiempo parcial y completo tienen los mismos derechos

El propio Estatuto de los Trabajadores deja claro que quienes están contratados a media jornada tienen exactamente los mismos días de descanso que un empleado a jornada completa. Esto le afecta a miles de trabajadores canarios con contratos a tiempo parcial.

La legislación laboral española protege este derecho y prohíbe que las empresas recorten el tiempo de descanso por trabajar menos horas al día o menos días a la semana. La norma que regula esta cuestión es el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores, donde se establece que los empleados a tiempo parcial deben tener los mismos derechos que los trabajadores a jornada completa. Además, el artículo 38 fija que el periodo mínimo de vacaciones nunca puede ser inferior a 30 días naturales al año o 22/23 laborables.

Esto significa que una persona contratada cuatro o cinco horas al día tiene derecho al mismo número de jornadas de descanso que otra contratada ocho horas diarias. La diferencia aparece únicamente en el salario que recibe durante esas vacaciones. Es decir, un trabajador con contrato parcial de 20 horas semanales seguirá cobrando su sueldo habitual durante el periodo vacacional, pero no percibirá el salario correspondiente a una jornada completa.

Además, los complementos habituales incluidos en la nómina, como pluses o determinados incentivos consolidados, también deben mantenerse durante las vacaciones si forman parte de la retribución ordinaria del empleado.

La protección de los trabajadores a tiempo parcial no es reciente. El derecho a disfrutar de al menos 30 días naturales de vacaciones está reconocido en España desde la aprobación del Estatuto de los Trabajadores en 1980. Posteriormente, la legislación europea reforzó la igualdad de derechos entre trabajadores parciales y completos mediante la Directiva 97/81/CE.

El calendario de vacaciones debe pactarse con la empresa

La fecha del descanso es otro de los aspectos que genera más conflictos laborales genera. La normativa establece que las vacaciones deben fijarse de común acuerdo entre trabajador y empresa. Esta tiene la obligación de comunicar el calendario vacacional con al menos dos meses de antelación. El derecho afecta igualmente a los contratos parciales.

Las vacaciones tampoco pueden sustituirse por dinero mientras el contrato siga activo. La única excepción se produce cuando finaliza la relación laboral y el trabajador todavía tiene días pendientes de disfrutar. En ese caso, la empresa deberá abonarlos en el finiquito.

La distribución del horario puede cambiar la forma de gastar los días

Aunque el número total de vacaciones no cambia, la forma de consumir esos días sí puede variar dependiendo de cómo esté repartida la jornada. Los empleados que trabajan todos los días de lunes a viernes, aunque solo hagan media jornada, utilizan las vacaciones igual que un trabajador ordinario. Sin embargo, los problemas aparecen en contratos concentrados en determinados días.

Es el caso de muchos trabajadores que solo prestan servicios los fines de semana o varios días concretos al mes. En estas situaciones, las vacaciones no se descuentan únicamente por los días efectivamente trabajados, sino por el periodo completo de descanso. Así, un empleado contratado únicamente para sábados y domingos no puede gastar solo dos días de vacaciones para librar un fin de semana. Normalmente, deberá consumir una semana completa de vacaciones naturales o laborables, según marque su convenio.

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