Confirmado por la Seguridad Social: el Gobierno aprueba que los jubilados trabajen como autónomos sin perder la pensión
La nueva reforma aprobada por el Consejo de Ministros permitirá compatibilizar parte de la pensión con una actividad por cuenta propia, aunque con límites y condiciones

La ministra Portavoz, Elma Saiz / José Luis Roca / EPC
El Gobierno anunció ayer que el Consejo de Ministros ha aprobado una de las reformas más importantes de los últimos años para los jubilados. La Seguridad Social permitirá a los pensionistas volver a trabajar como autónomos y compatibilizar esa actividad con el cobro de la pensión. Esta modalidad de jubilación flexible incorporará importantes novedades para los beneficiarios.
Hasta ahora, esta modalidad estaba reservada únicamente a trabajadores asalariados. Con el cambio impulsado por el Ejecutivo, los autónomos podrán compatibilizar ingresos profesionales y la prestación pública cuando cumplan estos requisitos. Con esta medida, la Seguridad Social busca favorecer una retirada progresiva del mercado laboral y aprovechar el llamado talento sénior.

Dos jubilados descansan en un banco / Juan Carlos Castro
La reforma modifica tanto el Estatuto de los Trabajadores como la normativa de Seguridad Social y entrará en vigor tres meses después de su publicación oficial en el BOE. Al no tener rango de ley, no necesita el aval del Parlamento.
Los jubilados podrán cobrar pensión y seguir facturando
La nueva norma permitirá a los autónomos percibir hasta un 25% de la pensión de jubilación mientras continúan trabajando y facturando con normalidad. Ese porcentaje será compatible con los ingresos obtenidos por la actividad económica, sin límites de facturación.
La mecánica cambia respecto a otras fórmulas ya existentes, como la jubilación activa. En este caso, el profesional mantiene su alta como autónomo, sigue pagando cuotas a la Seguridad Social y conserva la condición de pensionista a efectos sanitarios y de protección social. Además, las cotizaciones que realice durante esta etapa sí computarán para recalcular la pensión definitiva cuando abandone totalmente la actividad.

Claves de la nueva jubilación flexible / La Provincia / Seguridad Social
Además, uno de los aspectos que más destaca es la eliminación del periodo de espera. Hasta ahora, los mecanismos de compatibilidad obligaban a permanecer un tiempo fuera de la actividad laboral antes de volver a trabajar. Con esta reforma, el acceso podrá solicitarse desde el mismo momento en que se reconoce la pensión ordinaria.
Los requisitos que exige la Seguridad Social
La medida no estará abierta a cualquier pensionista. La Seguridad Social fija una serie de condiciones concretas para acceder a esta modalidad. El trabajador deberá haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación. En 2026, eso significa:
- Tener 65 años si se acreditan al menos 38 años y 3 meses cotizados.
- Tener 66 años y 10 meses si no se llega a ese periodo de cotización.
También será obligatorio cumplir con el periodo mínimo exigido para acceder a la pensión contributiva, al menos 15 años cotizados, con dos de ellos dentro de los últimos 15 años anteriores a la jubilación.
La norma también establece que el pensionista no podrá haber estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante los tres años anteriores a solicitar esta modalidad. Esto deja fuera a muchos autónomos que se jubilen directamente desde su negocio y quieran continuar con la actividad de manera inmediata.
Diferencias con la jubilación activa
La reforma convivirá con la jubilación activa, aunque ambas figuras responden a modelos distintos. Mientras la jubilación activa permite cobrar un porcentaje mayor de la pensión, incluso el 100% en algunos casos, obliga a esperar un año después de alcanzar la edad ordinaria de jubilación y no mejora la prestación futura mediante nuevas cotizaciones.
La nueva jubilación flexible funciona justo al contrario, limita el cobro de la pensión al 25%, pero permite seguir cotizando para elevar la cuantía definitiva en el futuro.
La ministra de la Seguridad Social, Elma Saiz, lo explica de forma muy clara: "Los pensionistas que compatibilicen con una actividad por cuenta ajena a tiempo parcial, la horquilla para la realización de esta jornada se abre del 33% al 80%. Antes de esta mejora, el jubilado podía realizar una jornada entre el 25% y el 75%".

Diferencias entre la jubilción activa y flexible / Seguridad Social
La Seguridad Social recalculará la pensión cuando el trabajador abandone definitivamente la actividad. Esto permitirá incorporar las nuevas cotizaciones realizadas durante la etapa de compatibilidad y, en algunos casos, reducir el impacto de penalizaciones sufridas por jubilaciones anticipadas previas.
El Ejecutivo defiende que la nueva jubilación flexible pretende evitar retiradas bruscas de profesionales con experiencia, especialmente en actividades liberales o sectores donde resulta complicado sustituir perfiles sénior.
La idea también busca responder al progresivo envejecimiento del mercado laboral y facilitar fórmulas más graduales de transición hacia la jubilación definitiva. Además, el Gobierno sostiene que esta compatibilidad puede ayudar a mantener actividad económica, preservar negocios pequeños y permitir que algunos profesionales continúen aportando experiencia sin renunciar completamente al retiro.
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