El TSJ obliga a un beneficiario del IMV a que devuelva 3.250 euros por alquilar habitaciones de su casa
Una sentencia del Alto Tribunal Ingreso Mínimo Vital

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Daniel Tortajada
La Seguridad Social establece requisitos muy estrictos para cobrar el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Cuando se superan los límites fijados, el organismo puede retirar la ayuda o exigir la devolución de las cantidades cobradas de forma indebida. Esto es lo que le ha ocurrido a un beneficiario, que tendrá que reintegrar el dinero percibido tras obtener unos ingresos incompatibles con esta prestación.
Así fue el caso de este beneficiario del IMV
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado el cobro indebido de una persona que percibía el Ingreso Mínimo Vital (IMV). El juez ha estimado que deberá devolver 3.250 euros por haber recibido ingresos extraordinarios que alteraban el cálculo de la prestación.
En este caso, los ingresos procedían del alquiler de habitaciones de su vivienda. El beneficiario cobraba la Renta de Garantía de Ingresos, una ayuda autonómica vasca, desde 2019, y el IMV desde 2022. A estas prestaciones se sumaban las cantidades obtenidas por el alquiler, por lo que el TSJ del País Vasco decidió reducir la ayuda y obligarle a devolver la diferencia cobrada de más.

Así fue el caso que obliga a devolver dinero / LP
Según se puede leer en la sentencia compartida por varios medios, el beneficiario ingresaba 565,37 euros al mes del IMV y otro dinero no declarado del alquiler. Sin embargo, tras tener en cuenta esto y hacer el nuevo cálculo, la Seguridad Social confirmó que solo le correspondían 315,37.
Posteriormente, su ayuda subió a 604,21 euros, cuando solo debería tener 354,21 euros. Por tanto, al sumar las diferencias de todos los meses que eran de 250 euros, se estimó que tendría que pagar al organismo público un total de 3.250 euros.
La resolución se suma a otras decisiones judiciales que obligan a los beneficiarios de esta ayuda a reintegrar cantidades cuando superan los límites de renta establecidos.
Los requisitos que exige la Seguridad Social para cobrar el IMV en 2026
El Ingreso Mínimo Vital mantiene en 2026 sus principales condiciones de acceso, aunque con una subida del 11,4% en las cuantías respecto al año anterior. Para que la Seguridad Social apruebe la ayuda, el solicitante debe cumplir varios requisitos económicos, personales y administrativos al mismo tiempo:
- Residir legalmente en España durante al menos un año antes de solicitar la ayuda.
- Tener entre 23 y 65 años.
- Poder solicitarlo desde los 18 años si hay menores a cargo o se trata de jóvenes extutelados.
- La unidad de convivencia debe llevar constituida un mínimo de seis meses.
- Ningún miembro de la familia puede ser administrador de una sociedad mercantil.
- Los ingresos del hogar deben estar por debajo de los límites fijados por la Seguridad Social.
- El patrimonio familiar no puede superar el máximo permitido.
- La vivienda habitual no cuenta dentro del límite patrimonial.
- La ayuda se calcula según el número de miembros que formen la unidad familiar.
Otro de los puntos clave es haber solicitado previamente otras ayudas o prestaciones compatibles a las que pudiera tener derecho el solicitante.

Rentas mensuales del IMV en familias con dos progenitores / Seguridad Social

Rentas mensuales del IMV en familias monoparentales / Seguridad Social
La Seguridad Social paga el IMV en función de la unidad familiar y sus miembros.
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