Tribunales
El Supremo declara firme la sentencia que anuló la paga de beneficios de Stellantis en España
El alto tribunal rechaza el recurso de casación de la empresa por una decisión que afectó a todas las plantas de España
El sindicato celebra la decisión y sostiene que la firma deberá devolver las cantidades descontadas de forma indebida

Salida de trabajadores en el cambio de turno de Stellantis Vigo. / ALBA VILLAR
Agencias
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por Stellantis y ha confirmado la sentencia que anuló la paga de beneficios de los centros de Stellantis en España al considerar que sus condiciones eran discriminatorias. La decisión llega tras una denuncia presentada en su día por el sindicato CUT.
El acuerdo sobre la retribución variable fue firmado por la empresa y los sindicatos CCOO, UGT y SIT en Balaídos. Es lo que se conoce en Stellantis como CLPI, que se calcula en función de los resultados del grupo, no está consolidada y se negocia en paralelo con el convenio colectivo.
La CUT, que no quiso firmar aquel acuerdo, lo recurrió al entender que perjudicaba a los trabajadores que se encontraban de baja, ya que se les reducía la prima.
El Juzgado de lo Social de Vigo estimó parcialmente la demanda de la CUT y declaró contrario a derecho el acuerdo. La resolución fue recurrida por la empresa, pero el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) confirmó la sentencia y consideró que no vulneraba ni el Estatuto de los Trabajadores ni la jurisprudencia existente.
Posteriormente, la compañía acudió al Tribunal Supremo mediante un recurso de casación para la unificación de doctrina. Ahora, el alto tribunal ha decidido inadmitir el recurso al apreciar causas que impiden su tramitación, entre ellas la diferencia entre la acción colectiva analizada en la sentencia recurrida y el carácter individual del caso utilizado como referencia.
Con esta decisión, el Supremo declara firme la sentencia y obliga a aplicar sus efectos.
La CUT ha criticado que la empresa haya prolongado el proceso y ha afirmado que esta demora perjudicó a las personas afectadas. "El magistrado viene a decir que, aunque los sindicatos y la empresa firmen acuerdos, estos no pueden ir en contra de la legislación vigente y, por lo tanto, una discriminación es una discriminación, aunque la acepten CCOO, UGT y SIT", indica el sindicato.
La organización sindical sostiene que Stellantis deberá devolver las cantidades descontadas de forma indebida en la paga. "Estaremos vigilantes", avisa la CUT, cuyo secretario general en Balaídos es Vitor Manuel Mariño.
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Fuente: Faro de Vigo
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