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La Ley de Propiedad Horizontal lo hace oficial: las autoridades quieren quitar los aires acondicionados de todos los edificios del país

La aplicación más estricta de la normativa y de las ordenanzas municipales abre la puerta a multas de hasta 3.000 euros y a la obligación de retirar los aparatos instalados sin autorización

Aire acondicionado vs ventilador: no sufrir o ahorrar ante la ola de calor

Agencia ATLAS

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Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Con los veranos cada vez más calurosos, el aire acondicionado se ha convertido en un electrodoméstico imprescindible en miles de hogares. Sin embargo, instalarlo no siempre es tan sencillo, especialmente para quienes viven en un edificio. La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece limitaciones a la colocación de estos aparatos en las fachadas cuando afectan a elementos comunes o alteran la estética del inmueble, por lo que muchas comunidades de propietarios están obligando a reubicar instalaciones que no cumplen la normativa.

Este 2026 es el último año de muchas moratorias concedidas por los ayuntamientos para regularizar o reubicar estos aparatos. Las comunidades que no lo hagan pueden enfrentarse a multas de hasta 3.000 euros, según contempla la normativa.

Estos son los motivos por los que te pueden sancionar si tienes el aire acondicionado en la fachada

Estos son los motivos por los que te pueden sancionar si tienes el aire acondicionado en la fachada / Refrigeración Mínguez

Ante esto, miles de propietarios podrían verse obligados a retirar los conversores instalados en las fachadas de sus edificios.

La fachada pertenece a toda la comunidad

La justificación está en la Ley de Propiedad Horizontal. La fachada no forma parte de la vivienda privada, sino que se considera un elemento común del edificio. Por ello, perforarla para pasar tuberías o fijar un compresor supone modificar un espacio que pertenece a todos los propietarios.

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@patriwhitehouse

El artículo 7.1 de la norma establece que ningún vecino puede alterar la configuración exterior del inmueble por iniciativa propia. Para instalar una unidad exterior suele ser necesario contar previamente con la autorización de la comunidad, salvo que los estatutos del edificio ya permitan expresamente este tipo de instalaciones.

Los ayuntamientos también endurecen los controles

Además de la normativa de las comunidades, cada municipio cuenta con ordenanzas específicas sobre climatización y estética urbana. Muchas administraciones locales han comenzado a aplicarlas con mayor contundencia.

Las inspecciones verifican aspectos como la protección de las fachadas, especialmente en edificios históricos, el cumplimiento de los límites de ruido, la correcta evacuación del agua de condensación y las distancias mínimas respecto a la vía pública o a las ventanas de otros vecinos.

Si se detecta una instalación irregular, puede iniciarse un expediente que termine con una multa económica, la obligación de desmontar el aparato y la reparación de todos los daños ocasionados en la fachada.

Quienes no puedan colocar el compresor en la fachada todavía disponen de alternativas. La más habitual consiste en instalar la unidad exterior en la azotea, un patio interior o una terraza privada, siempre que se respeten las normas de la comunidad y las ordenanzas municipales. También existen equipos sin unidad exterior o aparatos portátiles que no requieren fijar un motor en la fachada.

Antes de realizar cualquier instalación, los expertos recomiendan consultar los estatutos de la comunidad y solicitar autorización cuando sea necesaria.

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