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La Seguridad Social cambia las normas: a partir del 1 de septiembre, los trabajadores tendrán una nueva obligación

Las personas que estén de baja médica o inmersas en procedimientos de incapacidad deberán revisar su buzón de correo electrónico para evitar problemas con sus prestaciones

La ministra de la Seguridad Social, Elma Saiz

La ministra de la Seguridad Social, Elma Saiz / José Luis Roca

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Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Todos los trabajadores tendrán que adaptarse a un nuevo sistema de notificaciones de la Seguridad Social a partir de septiembre cuando se encuentren en una situación de baja laboral. Con la entrada en vigor de la nueva normativa estatal, las comunicaciones relacionadas con su expediente deberán recibirse por esta nueva vía, lo que supone un cambio importante en la relación entre los empleados y el organismo.

A partir del 1 de septiembre, las comunicaciones destinadas a los trabajadores que se encuentren de baja médica o inmersos en procedimientos de incapacidad dejarán de enviarse por carta y pasarán a realizarse de forma obligatoria a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

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Esta es la nueva normativa de la Seguridad Social / Freepik

Este cambio obligará a miles de trabajadores a revisar constantemente su buzón de correo electrónico. La medida, regulada por la Orden ISM/541/2026, busca acelerar los trámites administrativos y evitar los retrasos que provocaba el correo postal, especialmente en resoluciones tan sensibles como las altas médicas o las citaciones para revisiones.

Sin embargo, los empleados tienen más responsabilidades, ya que no consultar las notificaciones puede tener consecuencias económicas e incluso laborales.

Qué trabajadores estarán obligados a utilizar la vía electrónica

La nueva obligación afecta a quienes estén relacionados con procedimientos gestionados por la Seguridad Social que sufran:

  • Incapacidad Temporal (IT), es decir, las bajas médicas.
  • Incapacidad Permanente (IP).
  • Lesiones permanentes no incapacitantes.

Entre las comunicaciones que pasarán a recibirse exclusivamente por vía telemática destacan:

  • Altas médicas: determinan la fecha exacta en la que debe producirse la reincorporación al puesto de trabajo. Citaciones para revisiones médicas: las solicitudes de documentación adicional o cualquier resolución relacionada con la prestación económica.

En todos estos casos, las resoluciones oficiales se pondrán a disposición del trabajador en su buzón electrónico, sustituyendo al envío habitual por correo certificado.

Archivo - Sede de la Seguridad Social en Alicante

Sede de la Seguridad Social / EUROPA PRESS

Para acceder a estas comunicaciones será necesario identificarse mediante Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.

Aunque la Seguridad Social enviará un aviso mediante SMS o correo electrónico cuando exista una nueva notificación, ese mensaje tendrá únicamente carácter informativo. El documento con validez jurídica será el que figure en la Sede Electrónica.

Desde que la Seguridad Social deposita una notificación en el buzón electrónico, el trabajador dispone de 10 días naturales para abrirla. Si deja pasar ese periodo sin acceder, la Administración entenderá que la notificación ha sido practicada correctamente y comenzarán a contar todos los plazos legales.

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