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Bono Alquiler Joven

Ni 500 ni 1.000 euros: estos son los requisitos de renta para pedir el Bono Alquiler Joven en Canarias

El Gobierno insular establece unas bases de ingresos mensuales para que las personas de entre 18 y 35 años puedan recibir el ingreso

¿Me pueden echar de una casa si me niego a pagar el alquiler? Soy abogado y esto es lo que le ocurre a los inquilinos morosos

Este es el nivel de renta necesario para obtener la ayudas para el alquiler destinadas a los jóvenes

Este es el nivel de renta necesario para obtener la ayudas para el alquiler destinadas a los jóvenes / AYUNTAMIENTO DE ALMUNÉCAR - Archivo

Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

El Gobierno de España ya ha aprobado un nuevo paquete de ayudas para continuar con una la convocatoria del Bono Alquiler Joven. El Consejo de Ministros ha ratificado las palabras que dijeron hace unos días Pedro Sánchez y la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, que prometieron combatir la crisis de la vivienda. El Gobierno de Canarias establece unas bases para que todas las personas que tengan entre 18 y 35 años puedan solicitar el bono.  

Las personas que resulten beneficiadas de esta convocatoria recibirán 250 euros mensuales durante los próximos dos años, sumando un total de 6.000 euros mientras dura el ingreso. También es compatible con el Plan Estatal de Vivienda, unas ayudas públicas que están destinadas a que los ciudadanos puedan acceder a una vivienda.

El Gobierno busca combatir la crisis de la vivienda

El Bono Alquiler Joven son una serie de medidas que ha tomado el ejecutivo para ayudar a los jóvenes menores de 35 años a emanciparse de sus padres, especialmente cuando estos se enfrentan a dificultades para acceder a una vivienda en alquiler. Actualmente, encontrar una casa con las mínimas condiciones está siendo tarea imposible para la gran mayoría de personas.

Para poder acceder a los bonos es necesario cumplir tres requisitos:

  • Tener entre 18 y 35 años.
  • Acreditar rentas de trabajo.
  • Tener unos ingresos anuales sean, con carácter general, inferiores a 3 veces el IPREM.

Además de estas condiciones, el ministerio de Vivienda también ha establecido algunas limitaciones en cuanto a la renta mensual vivienda, que varía según el número de inquilinos, o las habitaciones alquiladas, entre otras obligaciones.

Estos son los requisitos que se piden en Canarias

El ejecutivo destinará 200 millones de euros para las ayudas, de los cuales 5.300.000 euros corresponden a Canarias para el ejercicio 2024 - 2025. El gobierno Central también espera que las comunidades añadan fondos propios para ayudar a estas aportaciones del Estado y que así se pueda aumentar el número de beneficiarios.

Otras de las obligaciones que se imponen en Canarias es que los interesados en pedir la ayuda deben acreditar unos ingresos anuales de 24.318 euros anuales por unidad de convivencia y demostrar que viven en régimen de alquiler, figurar en el contrato de arrendamiento y estar empadronados en dicha vivienda.

Según publicó el Boletín Oficial de Canarias (BOC) en el Decreto 2022/151: "La renta arrendaticia o precio de cesión de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento o cesión deberá ser igual o inferior a 600 euros mensuales. En esta renta o precio no se incluye el importe que pudiera corresponder a anejos tales como plazas de garaje, trasteros o similares. En el caso de alquiler de habitación esta renta o precio deberá ser igual o inferior a 300 euros mensuales".

Cuidado con las estancias extras

Dentro del requisito de Renta del inmueble incluye diferenciaciones si la propiedad alquilada tiene anexos como un garaje o trastero. En este caso, si el precio no estuviera fijado por el dueño, se valorará el importe de la renta o precio de cesión de la vivienda como el 80% del precio total del contrato cuando incluya vivienda y garaje; del 95% si tiene vivienda y trastero, y del 75% al combinar vivienda, garaje y trastero.

Por último, si en el contrato de arrendamiento no se detayan los gastos de comunidad y aparecieran incluidos el importe global, el valor de estos será del 5% del importe del precio de alquiler de la vivienda. Si el propietario del inmueble lo alquila con estos extras, nunca se aceptarán contratos de renta superior a los 750 euros mensuales.

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