Un colegio profesional o colegio oficial es una asociación integrada por quienes ejercen una profesión liberal y que suelen estar reconocidos o controlados por el Estado y las normativas nacionales o estatales. Los miembros asociados son conocidos como colegiados.

Los objetivos de los colegios profesionales en España suelen ser la ordenación del ejercicio de las profesiones, procurando su prestigio y perfeccionamiento. La representación de los practicantes o colegiados, asumiendo la defensa de sus derechos e intereses profesionales. También está entre sus objetivos el de velar por una práctica profesional ética de sus miembros.

Los colegios profesionales se rigen por los estatutos, redactados en la mayoría de los colegios profesionales, que aluden al desarrollo de la actividad correspondiente a cada profesión, donde se marcan pautas de actuación consideradas de manera unánime como éticas y que contribuyen al bien social de la profesión. En la actualidad y a partir de los nuevos paradigmas se exige a colegios de un buen número de profesiones que estén acreditados. A nivel Internacional pueden estar regidos por la Organización Mundial de Consejos Interprofesionales OMCI y a nivel local por el Consejo Interprofesional de cada país.

Los colegios de profesiones técnicas, fundamentalmente ingeniería y arquitectura, visan los trabajos profesionales de sus colegiados. El visado es un acto de control técnico de determinados trabajos que habitualmente está delegado por la Administración mediante una normativa. El objeto del visado es comprobar, al menos la identidad y habilitación profesional del autor del trabajo, y también la corrección e integridad formal de la documentación del trabajo profesional acuerdo con la normativa aplicable al trabajo del que se trate. La tendencia actual es que el visado también debe garantizar además de lo anterior, que se cumplen unos determinados requisitos técnicos y por lo tanto constituye un mecanismo de control de calidad de los trabajos profesionales.

Fundamentalmente y de acuerdo con la ley 25/2009 el visado es una protección para la sociedad y los consumidores en cuanto a la responsabilidad civil derivada de una mala práctica profesional. En caso de daños derivados de un trabajo profesional que haya visado el colegio, en el que resulte responsable el autor del mismo, el colegio responderá subsidiariamente de los daños que tengan su origen en defectos que hubieran debido ser puestos de manifiesto por el colegio al visar el trabajo profesional, y que guarden relación directa con los elementos que se han visado en ese trabajo.

Una de las funciones más importante de los colegios profesionales es detectar y controlar el intrusismo profesional, que se define como el ejercicio de actividades profesionales por persona no autorizada para ello y puede ser constitutivo de delito​, ya que para ejercer una profesión se requiere una titulación profesional oficial. En los oficios generalmente viene dada por institutos o escuelas de formación profesional. En las profesiones son las universidades quienes conceden los diferentes grados de formación adquirida (diplomado, licenciado, doctorado). En algunos países, como España por ejemplo, el título oficial finalmente lo registra y entrega el Ministerio de Educación.