En España, la presión fiscal sobre el empleo alcanzó de media el pasado año el 40,71% para un trabajador sin hijos, 0,05 puntos porcentuales más que el 40,66% de 2013, lo que sitúa al país por encima de la media del 35,96% de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Según la última edición de su informe anual 'Taxing Wages', este ligero repunte de la presión fiscal sitúa a España en el puesto 13 de 34 del conjunto de países miembros de la organización (en orden descendente).

Pero, ¿cuántos impuestos pagamos los españoles? A veces perdemos la cuenta de todas las tasas que tenemos que afrontar en el día a día y por todo tipo de operaciones y trámites. Unos son los impuestos directos, que se aplican sobre la riqueza, y otros los indirectos, que gravan la utilización de esa riqueza. Estos son los más importantes:

Impuestos directos

-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (Ley 35/2006 de 28 de noviembre y Real Decreto 439/ 2007 de 30 de marzo). Es uno de los que tenemos más presentes, por su carácter anual o por la necesidad de conocer las desgravaciones de las que en muchos casos nos podemos beneficiar.

-Impuesto sobre la Renta de no Residentes (Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo y Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio). Este impuesto recae sobre la renta obtenida en España por personas que no viven en el país.

-Impuesto sobre Sociedades (Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo y Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio). Este gravamen recae sobre el beneficio de las empresas en su actividad.

-Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Ley 29/1987, de 18 de diciembre, y Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre). Este impuesto se paga cuando se recibe dinero u otros bienes sin que se trate de una contraprestación por un trabajo o servicio. Se incluyen herencias o donaciones de otras personas. Está cedido a las comunidades autónomas.

-Impuesto sobre el Patrimonio (Ley 19/1991, de 6 de junio). Con la Ley 4/2008, de 23 de diciembre, se suprimió este gravamen mediante una bonificación del 100% de la cuota íntegra. El Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre, lo restableció con carácter temporal. Está cedido a las comunidades autónomas.

Impuestos indirectos

-Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, y Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre). Este impuesto al consumo grava con tres tipos diferentes los distintos tipos de bienes: 4% (superreducido), 10% (reducido) y (21% general). En 2010 eran el 4%, 8% y 18%.

-Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre y Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo). Tiene varias modalidades. Se aplica a las transmisiones de todo tipo de bienes y derechos y determinadas operaciones y actos. La persona que tiene que pagar el impuesto es el comprador. Está cedido a las comunidades autónomas.

-Renta de Aduanas (Reglamento (CEE) 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992).

-Impuestos Especiales (Ley 38/1992, de 28 de diciembre y Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio). Los pagan quienes compran o consumen determinados bienes: alcohol y bebidas alcohólicas, hidrocarburos, tabaco y matriculación de medios de transporte.

-Otros. Además de todos los anteriores, como todos sabemos, se encuentran los impuestos locales, que se pagan a Ayuntamientos o Diputaciones. Los más importantes son el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto sobre Actividades Económicas o el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.