Una cláusula suelo limita a un tipo fijo mínimo el cálculo de los intereses a pagar de las hipotecas a tipo variable. Si tenemos contratada una hipoteca cuya deuda pendiente es 150.000 euros y quedan 20 años para amortizarla, a un Euribor + 1 que se revisa este mes, la cuota mensual resultante sería de 689 euros. Si en su momento el banco introdujo una cláusula suelo del 3%, la cuota no sería de 689 euros, sino de 832 euros. El coste mensual de la cláusula suelo sería, por tanto, de 143 euros. Al año, 1.716 euros pagados de más. En otras palabras, la cláusula suelo del ejemplo le "cuesta" 1.716 euros anuales al hipotecado.

-¿Cómo le afectaría a esta familia la reciente sentencia de la macrodemanda de ADICAE?

El Juzgado de lo Mercantil nº11 de Madrid en sentencia fechada el 7 de abril de 2016 acaba de dar la razón a ADICAE respecto a su demanda colectiva contra 40 bancos y cajas. Básicamente, considera esta primera instancia que las cláusulas suelo no superan el control de transparencia reforzado marcado por la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo (TS) en sentencia de 9 de mayo de 2013.

El fallo del TS a los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por AUSBANC establece cuándo una cláusula suelo no pasa el control de transparencia, que es una garantía para el consumidor mediante la obligación, en abstracto, de que las condiciones generales de la contratación se redacten de tal forma, clara y comprensible, que un consumidor medio pueda llegar a comprender intelectualmente la carga económica que supone para él.

La inmensa mayoría de escrituras de préstamo hipotecario con cláusulas suelo firmadas por consumidores antes de la Ley 1/2013 eran consideradas abusivas por falta de transparencia por los tribunales, realidad que el Juzgado de lo Mercantil hace extensiva a todas las hipotecas con esta cláusula de 40 entidades financieras.

-Si los deudores del ejemplo han demandado a su banco con ADICAE, su situación es la siguiente:

€ Si ni los bancos ni ADICAE apelasen ante la Audiencia Provincial (tienen 20 hábiles) su banco prestamista dejaría de aplicar la cláusula suelo y la cuota pasaría de 832 euros a 689; además, le devolvería los intereses pagados de más desde mayo de 2013, varios miles de euros.

€ De haber apelación por parte de ADICAE exigiendo lo pagado de más desde el inicio de la firma del préstamo, seguiría abonando 832 euros a la espera de lo que considere la Audiencia.

Este 26 de abril tendrá lugar la vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) donde se resolverá la cuestión prejudicial planteada por al Juzgado de lo Mercantil nún. 1 de Granada de una demanda planteada por AUSBANC. Se cerrará el círculo. El TJUE tiene en sus manos decidir si cabe la moderación en cuanto a la devolución de cantidades hecha por el TS o si, en cambio, los afectados por esta cláusula declarada abusiva deberán recibir todo lo pagado de más desde la firma de la deuda.

Los clientes que ya tienen sentencia firme no van a beneficiarse de lo que dictamine el TJUE, ya que su caso se considera cosa juzgada.

-¿Y la familia que protagoniza el artículo?

Si no ha demandado aún a su banco, es un muy buen momento para acudir al abogado, que ya tendrá todas las armas en su poder.

Si la demanda se está tramitando y el abogado solicitó la restitución de todo lo pagado de más desde la firma del préstamo, las probabilidades de ganar si el TJUE dictamina en este sentido se disparan.

En cuanto al banco prestamista que colocó la cláusula suelo del 3% y a todos sus compañeros de sector, se juegan unos 4.500 millones por los préstamos entre noviembre de 2009 y mayo de 2013 (según estimaciones de Analistas Financieros Internacionales).

El Match point se juega el 26 de abril. Todos atentos al juego.