La Unión Europea ha reiterado sus preocupaciones respecto a la política de pensiones en España, especialmente en relación con el complemento de maternidad que otorgaba un beneficio adicional a las madres que se jubilaran o recibieran una prestación de viudedad o incapacidad permanente y que hubieran tenido dos o más hijos. Esta medida tenía como objetivo abordar la brecha de género en las pensiones, reconociendo que las carreras laborales de las mujeres a menudo se veían perjudicadas debido a sus responsabilidades de cuidado.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que previamente había señalado que este complemento era discriminatorio para los padres en 2019, ahora ha ido un paso más allá al instar a España a indemnizar a los hombres que tenían derecho a recibir este complemento pero que tuvieron que recurrir a los tribunales para obtenerlo de la Seguridad Social. El tribunal considera que se debe proporcionar una "reparación pecunaria adecuada" a este grupo, que incluye a hombres con dos o más hijos que accedieron a una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente durante el período en que esta medida estuvo en vigencia, es decir, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021. Esta reparación debe tener en cuenta los gastos en los que incurrió el demandante, incluyendo costos legales.

El TJUE también critica a España por no haber corregido esta legislación de manera más oportuna, ya que la reforma no se llevó a cabo hasta febrero de 2021, cuando se aprobó un nuevo complemento para abordar la brecha de género. El tribunal enfatiza que una vez que se ha identificado una discriminación contraria a la legislación de la Unión Europea, los tribunales nacionales y las autoridades administrativas deben dejar de aplicar cualquier disposición nacional discriminatoria de inmediato, sin esperar a que sea derogada por el legislador. Esto significa que los padres deben recibir el mismo tratamiento que las madres en términos de complementos de pensión.

Además, el TJUE critica que el complemento ya extinto no se haya otorgado automáticamente a los padres que fueron discriminados, sino que solo se haya pagado a aquellos que buscaron este derecho a través de procedimientos legales después de la sentencia. Esto crea una nueva discriminación, ya que solo los hombres deben luchar por su derecho al complemento de pensión a través de los tribunales, lo que implica plazos más largos y costos adicionales.

Esta decisión del TJUE se basa en la demanda de un padre con dos hijos a quien la Seguridad Social negó el derecho al complemento de la prestación de incapacidad permanente absoluta que estaba recibiendo desde noviembre de 2018. La sentencia abre la posibilidad para que otros padres busquen una indemnización similar. Además, esta decisión se suma a la emitida por el Tribunal Supremo en mayo pasado, que permitió que ambos progenitores cobren este complemento de manera simultánea si cumplen los requisitos, una práctica que ya están adoptando todos los tribunales españoles.