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Hacienda avisa: estos son los contribuyentes que están obligados a presentar la Declaración de la Renta 2023-2024

El plazo para realizar el trámite en la Agencia Tributaria arrancará el 3 de abril y se extenderá hasta el 1 de julio de 2024

Hacienda avisa: estos son los contribuyentes que están obligados a presentar la Declaración de la Renta 2023-2024 / Agencia Tributaria

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Las Palmas de Gran Canaria

Cuenta atrás para la Declaración de la Renta que los contribuyentes deberán presentar este 2024. Faltan dos días para el inicio del plazo de presentación del trámite ante la Agencia Tributaria, (3 de abril), que se extenderá hasta el 1 de julio de 2024.

En tu Declaración de la Renta correspondiente al ejecicio fiscal de 2023 tienes que incluir todas tus rentas del año fiscal (2023), es decir, las procedentes de tu sueldo (rendimientos del trabajo), capital mobiliario e inmobiliario, actividades económicas, las ganancias y pérdidas patrimoniales.

Aunque en tu nómina mensual, a través de los tramos del IRPF, ya le estás pagando a Hacienda el tipo impositivo en función del dinero que ganas, es en la declaración de la renta de cada año cuando cada contribuyente ajusta sus cuentas con Hacienda. De ese modo, si el resultado es negativo, quiere decir que le has pagado ese dinero de más a Hacienda, por lo que la declaración te saldrá a devolver, mientras que si el resultado es positivo, significa que le has pagado de menos a Hacienda y te saldrá a pagar para abonarle la diferencia.

El IRPF se paga una vez año durante la campaña de la declaración de la renta, relativa al ejercicio económico anterior, es decir, que para la declaración a Hacienda en 2024 presentarás tus ganancias del 2023 con las retenciones aplicadas para ese año.

¿Qué contribuyentes están obligados a presentar la Declaración de la Renta 2024?

Hacienda ha incrementado de 14.000 a 15.000 euros el mínimo exento de declarar en la Declaración de la Renta 2024. Los supuestos en los que estás obligado a realizar la Declaración de la Renta este 2024 son los siguientes:

  • Ingresos anuales a partir de 22.000 euros, tanto los residentes en España como los que residen en el extranjero, pero que reciben sus ingresos procedentes de un pagador residente en suelo español.
  • Si la pensión de jubilación supera los 22.000 euros anuales, el jubilado está obligado a realizar la Declaración de la Renta 2024, aunque se trate de una prestación pasiva.
  • Rentas procedentes de dos o más pagadores que sumen más de 15.000 euros, siempre que los ingresos procedentes del segundo y siguientes pagadores superen los 1.500 euros.
  • Los autónomos, ya que todos aquellos trabajadores que se hayan dado de alta en 2023 como autónomos están obligados a presentar la Declaración de la Renta 2023 aunque no alcancen los ingresos mínimos.
  • Los inversores con criptomonedas en el extranjero con un valor superior a los 50.000 euros también están obligados a declarar

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Plazos y fechas límites para la Declaración de la Renta en 2024

La Agencia Tributaria ha establecido los siguientes plazos que deberás cumplir de forma obligatoria si no quieres ser sancionado a la hora de presentar la Declaración de la Renta este 2024, que se debe realizar únicamente por Internet a través de Renta WEB:

Presentación de la Declaración de la Renta:

Si necesitas ayuda personalizada:

  • Por téléfono: cita del 29 de abril al 28 de junio por Internet o en los teléfonos: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 (servicio automático 24 horas) y 91 553 00 17 / 901 22 33 44 (atención personal lunes a viernes de 9 a 19 horas). La Agencia Tributaria te llamará del 7 de mayo al 1 de julio.
  • En las oficinas: cita del 29 de mayo al 28 de junio por Internet o en los teléfonos: 91 535 00 17 / 901 22 33 44 (atención personal lunes a viernes de 9 a 19 horas). La Agencia Tributaria te atenderá del 3 de junio al 1 de julio.

La Agencia Tributaria ofrece estos servicios a los contribuyentes:

  • Con rentas del trabajo hasta 65.000 euros anuales o rentas del capital mobiliario hasta 15.000 euros anuales.
  • Con actividades económicas en estimación objetiva.
  • Con hasta dos transmisiones de bienes no adquiridos por herencia o donación.
  • Con alquileres (hasta dos inmuebles o dos contratos).
Varias personas en una oficina de la Agencia Tributaria.

Varias personas en una oficina de la Agencia Tributaria. / Europa Press

Plazos y fechas límites si la Declaración de la Renta 2024 te sale a ingresar

Si la Declaración de la Renta te sale a ingresar, podrás domiciliar el pago hasta el 26 de junio de 2024 o, en su defecto, obtener una carta de pago en el momento de su presentación que te permitirá ingresar el importe resultante.

A través del Servicio de tramitación del borrador/declaración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, podrás obtener un documento para su ingreso en la entidad colaboradora que deberás imprimir y acudir a una entidad financiera para realizar el pago.

Fraccionamiento del pago en dos plazos: cómo hacerlo

La Agencia Tributaria ofrece a los contribuyentes la posibilidad de fraccionar el pago, sin interés ni recargo alguno, el importe de la deuda tributaria resultante de su Declaración de la Renta, en dos partes:

  • La primera, del 60% su importe, en el momento de presentar la declaración.
  • La segunda, del 40% restante, hasta el 5 de noviembre de 2024, inclusive.
Billetes de euros y una calculadora.

Billetes de euros y una calculadora. / C. E. P.

Si no realizas el 60% del importe de la deuda tributaria resultante de la autoliquidación, la Agencia Tributaria iniciará el periodo ejecutivo por la totalidad del importe a ingresar resultante de la autoliquidación.

Los contribuyentes que domicilien el pago del primer plazo podrán domiciliar el segundo plazo hasta el 30 de septiembre de 2024 y si no domicilian el primero podrán domiciliar el segundo hasta el 1 de julio de 2024.

  • En el caso de los contribuyentes que, al fraccionar el pago, no domicilien el segundo plazo en entidad colaboradora, deberán efectuar el ingreso de dicho plazo hasta el día 5 de noviembre de 2024, inclusive, mediante el modelo 102.
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