Novedades en la Declaración de la Renta 2025: esta es la fecha en la que arranca la campaña del IRPF
Hacienda ha establecido nuevas medidas fiscales que impactan en la Campaña de Renta y Patrimonio de 2024, incluyendo modificaciones en el IRPF y otros impuestos
Descubre todas las fechas importantes y cambios significativos para hacer bien tu declaración
Cuenta atrás para la Declaración de la Renta 2025. Los contribuyentes que estén obligados a presentar ante la Agencia Tributaria el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRFP) deben tener en cuenta las novedades que ha implementado Hacienda a la hora de rendir cuentas de los ingresos obtenidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
El (IRPF) es un tributo que deben pagar al Gobierno de España los ciudadanos residentes en España. Grava la renta que se ha obtenido a lo largo de un año, teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares de cada persona.
¿Qué elementos constituyen la renta del contribuyente? Según Hacienda, se trata de lo siguiente: la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.
Cambios en el IRPF
El Real Decreto-ley 9/2024, promulgado el 23 de diciembre de 2024, introduce importantes modificaciones en el ámbito tributario, buscando mejorar la situación fiscal de los contribuyentes y facilitar el cumplimiento fiscal en el contexto de la economía española. Este decreto tiene efectos que se implementarán en distintas fechas a lo largo de 2025.
Las novedades más relevantes son las siguientes:
- Una de las modificaciones más significativas afecta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que entrará en vigor el 1 de enero de 2025. A partir de esa fecha, se aumenta el umbral de ingresos para que los contribuyentes con más de un pagador no estén obligados a presentar su declaración.
- El límite pasará de 1.500 a 2.500 euros para los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores. Esto implica que aquellos que tengan ingresos anuales de hasta 22.000 euros y cuyos ingresos adicionales no superen el nuevo umbral quedan exentos de presentar la declaración de Renta.
- Además, se prorrogan varias deducciones importantes hasta el 31 de diciembre de 2025. Entre ellas, destacan las deducciones por obras de mejora en la eficiencia energética de viviendas y la adquisición de vehículos eléctricos y sus puntos de recarga. Estas medidas buscan fomentar la sostenibilidad y la transición ecológica en el transporte y en la vivienda.
- Otro cambio relevante en el IRPF es la imputación de rentas inmobiliarias, que a partir de 2024 aplicará un porcentaje del 1,1% para inmuebles ubicados en municipios que hayan revisado sus valores catastrales a partir de enero de 2012.
- Un nuevo impuesto, el de líquidos para cigarrillos electrónicos y productos relacionados, se retrasará hasta el 1 de abril de 2025, permitiendo un margen adicional para que las empresas ajusten sus operaciones ante este cambio fiscal.
Fechas claves para la Declaración de Renta 2025
Los contribuyentes deben estar atentos a las fechas importantes para la Campaña de Renta y Patrimonio de 2024:
- Desde el 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025, se podrá realizar la presentación de las declaraciones de Renta y Patrimonio por Internet.
- Durante el periodo del 6 de mayo al 30 de junio de 2025, la Agencia Tributaria ofrecerá la opción de confeccionar la declaración por teléfono, siendo necesaria la solicitud de cita previa del 29 de abril al 27 de junio.
- Por último, desde el 2 de junio hasta el 30 de junio de 2025, se podrá presentar la declaración de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, debiendo solicitar cita desde el 29 de mayo.
Para concertar la cita, los interesados pueden hacerlo a través de la página web de la Agencia Tributaria o llamando a los teléfonos habilitados:
- Teléfono automático: 91 535 73 26
- Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71
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