El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado el acuerdo del pleno del Cabildo de Fuerteventura, celebrado el 7 de marzo de 2016, que declaró por unanimidad la incompatibilidad de González Arroyo para el cargo de consejero de la Corporación insular como consecuencia de una sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Arrecife con sede en Puerto del Rosario, que lo condenó por un delito continuado de prevaricación a la pena de nueve años de inhabilitación. La sentencia no es firma y es susceptible de recurso de casación.

Arroyo accedió en las últimas elecciones locales de 2015 al cargo de consejero del Cabildo majorero al encabezar la lista del Partido Progresista Majorero (PPM), obteniendo dos consejeros en la citada cita electoral. Se da la circunstancias que el otro edil, Jerónimo Soto, también fue inhabilitado por el caso 'Lomo del Pájaro', al igual que Arroyo, pero solicitó su renuncia como consejero insular. Tanto Arroyo como Soto fueron sustituidos por Fernando Méndez y Lidia Jaime, respectivamente.

Sin embargo, Arroyo, que también fue elegido alcalde de La Oliva al ser el más votado, tuvo que abandonar la Alcaldía tras la sentencia de inhabilitación. Aunque inicialmente se resistió a dejar el cargo y tuvo que ser desalojado por la Policía Local, esta decisión le ha valido para que la Fiscalía solicite una pena de cuatro años de cárcel por un delito de prevaricación y coacciones por haberse atrincherado en el Ayuntamiento una vez que había sido inhabilitado por nueve años para cargos en la Administración local.

Los magistrados de la Sección Segunda de la Sala Contencioso-Administrativo del TSJC declaran nulo de pleno derecho el acuerdo del Cabildo dado que la sentencia condenatoria del veterano político majorero limitaba la inhabilitación a cargos que impliquen una participación en el Gobierno municipal durante 9 años, al tiempo que consideran que no es posible considerar la participación en el Ayuntamiento y en el Cabildo como cargos análogos.

González Arroyo fue condenado a nueve años de inhabilitación por un presunto delito continuado de prevaricación respecto a la explotación minera de Lomo del Pájaro, que fue explotada durante más de 20 años, a pesar de que se encontraba en suelo de protección agropecuaria, no estando permitida la actividad de extracción. Tampoco disponía de licencia municipal. La empresa que explotaba esta cantera de recebe era Prelado S.A., fundado por el propio Arroyo en 1989, aunque cesó como consejero tres años después.

Arroyo interpuso un recurso contencioso- administrativo contra el acuerdo del Cabildo majorero no solo por declarar su incompatibilidad con el cargo de consejero sino por remitir a la Junta Electoral Central, solicitando que se expidieran las credenciales de los candidatos siguientes en la lista del PPM. Dicho recurso fue desestimado.

Ante ello, el exalcalde de La Oliva recurrió en apelación ante el TSJC, que ahora estima su recurso porque "no es posible que se restrinja el derecho de sufragio pasivo en la modalidad de acceso al cargo público de consejero del Cabildo Insular cuando la pena no recae sobre ese concreto cargo público. Es más, lo excluye al hacer expresa referencia solo a cargos relacionados con el gobierno municipal".

Tanto el PP como Podemos presentaron una moción para que el pleno del Cabildo tomara conocimiento de la sentencia de Arroyo y contó con el apoyo de los consejeros de CC, PSOE y Nueva Canarias.