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Tribunales | Puerto del Rosario

La Audiencia absuelve a Manuel Travieso del delito de infidelidad

El jurado popular lo considera no culpable al entender que «no hay certeza» de que el exalcalde desapareciera los expedientes urbanísticos de Mario Cabrera

Segunda sesión del juicio contra Manuel Travieso como presunto autor de un delito de infidelidad en la custodia de documentos Elvira Urquijo A.

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto al exalcalde de Puerto del Rosario Manuel Travieso del delito de infidelidad en la custodia de documentos del que le acusaba la Fiscalía. Esto después de que el Tribunal del Jurado dictaminase que no quedaba acreditada su culpabilidad respecto a la desaparición de los tres expedientes urbanísticos del diputado de Coalición Canaria (CC) por Fuerteventura en el Parlamento de Canarias Mario Cabrera.

El jurado popular tardó poco más de dos horas para comunicar su veredicto de no culpabilidad. Así, se consideró probado por los miembros del Tribunal que Travieso era en abril de 2006 funcionario de carrera del Ayuntamiento de Puerto del Rosario con la plaza de técnico de administración. Sin embargo, no ven acreditado que tuviese acceso al archivo municipal.

El Tribunal sostiene que el documento de retirada del archivo no lleva datos ni firma del acusado

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Tampoco que el 5 de abril, el exalcalde retirase del registro del Ayuntamiento los expedientes de Cabrera respecto a infracción urbanística, la licencia de construcción para almacén agrícola y el permiso de primera ocupación de la vivienda del diputado. Y es que el jurado argumentó que no consideraban «suficiente» el testimonio del archivero ya que el único documento de la retirada de la documentación «no está firmada ni a nombre del acusado pues aparece como Manolín sin apellido y sin ningún tipo de dato identificativo más». Asimismo, el Tribunal consideró no probado que el 24 de abril de 2006, retirase del archivo municipal la licencia de primera ocupación a favor de Domingo Fuentes Curbelo (vicepresidente del Cabildo de Fuerteventura en esa fecha). 

Por tanto, los miembros del Tribunal no admiten la tesis de la Fiscalía respecto a que Manuel Travieso se quedase con los expedientes y no los devolviese ya que detallaron que el acusado sí «reconoce haberlos tenido en su poder, pero no recuerda haberlos devuelto o no, por ello no hay certeza de que no fueran restituidos».

Así, el jurado popular dictaminó que el exalcalde no es culpable ya que no hay certeza ni constancia de que él no devolviese los expedientes. Ante esto, el magistrado presidente del Tribunal José Luis Goizueta resolvió dictar una sentencia absolutoria ‘in voce’. La Fiscalía Provincial de Las Palmas pedía para Manuel Travieso una condena de tres años de prisión, la inhabilitación especial para empleo o cargo público durante cinco años y una multa de 12.000 euros.

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