El jurado declaró ayer por unanimidad al acusado Pablo Noel O.M. culpable de de haber acabar con la vida de Sergio J.A.S., de 32 años, en Morro Jable, tras lanzarle el 7 de diciembre de 2019 una pedrada a la cabeza que provocó su muerte después de pasar un año en estado vegetativo.

En la lectura del veredicto final que ha tenido lugar en la Audiencia de Las Palmas, los miembros del jurado han considerado probado que el acusado lanzó la piedra a la cabeza de la víctima, Sergio J.A.S, con la intención de matarlo.

Según los hechos que se dan por acreditados, el 7 de diciembre, en el Jandía Golf, Sergio J.A.S. sacó a sus perros cuando el acusado se dirigió a ellos montado en una bicicleta, con la que además intentó atropellar a uno de los canes. Durante la discusión, el acusado arrojó dos primeras piedras a Sergio J.A.S. que le impactaron en una mano y en un costado, momento en el que las parejas de ambos se enzarzaron en una discusión.

Fue entonces cuando el detenido se habría acercado a la pareja de la víctima con el puño en alto y le habría hecho el gesto de pegarle, motivo por el que Sergio J.A.S. se interpuso entre ellos para separarlos.

Seguidamente, y a una distancia corta, Pablo Noel, mientras le decía «te voy a matar, gordo de mierda», le lanzó con fuerza una piedra a Sergio, que en ese momento se encontraba de espaldas, que le impactó en la zona de la nuca y le provocó la inconsciencia y una hemorragia.

De este modo, el Jurado considera probado que las heridas que Pablo Noel le causó a Sergio J.A.S. fueron la causa del posterior coma y fallecimiento de la víctima.

Por otro lado, no se han considerado probados los hechos aducidos por la defensa respecto a que el acusado trataba de defenderse al lanzar la piedra –según su relato porque la víctima le había golpeado en la espalda con un bate de béisbol–, o que Sergio J.A.S. hubiese pateado a la pareja de Pablo Noel.

Por todo ello, el Ministerio Fiscal se ha ratificado en las penas que pedía en su escrito, de 15 años, la pena máxima por homicidio «y la mínima por asesinato», ya que tras escuchar las conclusiones del jurado, especialmente las que descartan la legítima defensa, «estamos más cerca de un asesinato que de un homicidio». Además, añadió que «el golpe fue por la espalda, a traición, lo que podría ser interpretado como alevosía».

Por su parte, la acusación particular ha compartido el criterio de la Fiscalía y ha pedido la pena máxima en vista de lo resuelto por el jurado, que resalta la intencionalidad del acusado de acabar con la vida de la víctima.

La defensa apuntó en su intervención que lo que procedía, en su opinión, era una pena mínima de 10 años.