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La consignataria Cargo Lanzarote tendrá que pagar 7,1 millones por las gabarras hundidas en Gran Tarajal

El TSJC entiende que la empresa debió encargarse de la retirada de los barcos y los daños provocados en el muelle de Gran Tarajal en 2018

Gabarras y pontonas hundidas en el muelle de Gran Tarajal por la tormenta Enma. |

Gabarras y pontonas hundidas en el muelle de Gran Tarajal por la tormenta Enma. | / LP / D LP

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Puerto del Rosario

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado por sentencia la resolución administrativa que exigió asumir los daños provocados a la consignataria de las gabarras hundidas en el muelle de Gran Tarajal después del paso de la borrasca Emma en 2018, y que asciende a los 7,1 millones de euros. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha revocado la resolución previa tomada por un juzgado de Las Palmas de Gran Canaria que fue recurrida por Puertos Canarios.

De esta manera, el Alto Tribunal canario obliga ahora a la consignataria, Cargo Lanzarote, a que abone 7.153.703 euros en concepto de los daños ocasionados no solo en las infraestructuras portuarias del muelle majorero, sino también por los gastos originados de la retirada de las gabarras hundidas.

La grave situación medioambiental provocó que se activara la emergencia y el Gobierno de Canarias solicitó la colaboración de la Armada que trasladó hasta la isla majorera no solo al buque Tornado, sino a la Unidad de Buceo para colaborar en la lucha contra la contaminación marina. El 28 de febrero de 2018, en el paso de la borrasca Emma, se hundieron en el interior del muelle de Gran Tarajal 10 gabarras y pontonas dedicadas a obras marítimas, a pesar de que Puertos Canarios había advertido de la previsión de condiciones meteorológicas adversas esa jornada, requiriendo a los responsables que adoptaran las medidas preventivas que « no fueron atendidas de manera eficaz y el hundimiento provocó, además, vertidos contaminantes y graves daños en las instalaciones portuarias», según recoge la sentencia.

Además, añade que «fue la propia Puertos Canarios la que se vio obligada a asumir las actuaciones para retirar los restos ante la inactividad de los responsables de los buques.También se encargó de contener el vertido contaminante y de realizar los trabajos necesarios para reparar los daños ocasionados». En abril de ese mismo año, Puertos Canarios emitió una resolución en la que consideraba responsable de lo ocurrido tanto al armador como a la consignataria, ninguna de las cuales recurrieron la decisión, que fue posteriormente confirmada por vía jurisdiccional y que ahora se ejecutará.

El recurso de la consignataria fue en 2022, alegando la prescripción de la acción, la inexistencia de responsabilidad, la concurrencia de fuerza mayor, la falta de acreditación de los daños y defectos procedimentales. Los argumentos fueron rechazados por la Sala al considerar que los sujetos vinculados a la explotación del buque deben asumir los gastos de retirada y y los daños causados.

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