Los dueños de perros peligrosos de Firgas deberán acreditar que han contratado un seguro de responsabilidad por daños a terceros con una cobertura mínima de 120.000 euros. La nueva ordenanza recoge ocho razas distintas, además de sus cruces, y obliga al propietario a disponer de una licencia y su inscripción en el registro municipal.

El documento aprobado por el Ayuntamiento de Firgas cataloga como perro potencialmente peligroso las razas pit bull terrier, staffordshire bull terrier, american staffordshire terrier, rottweiler, dogo argentino, fila brasileiro, tosa inu y akita inu, además de sus distintas mezclas. Y, a su vez, aquellos cuya presencia tenga algunas de estas características, entre las que se habla de una fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia, un marcado carácter y gran valor, pelo corto, perímetro torácico comprendido entre los 60 y 80 centímetros, altura a la cruz de entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kilos, cabeza voluminosa y mandíbula fuerte, cuello musculoso, pecho macizo y patas largas en las extremidades posteriores, entre otras consideraciones.

En este sentido, la ordenanza amplía la catalogación de canes que pueden ser peligrosos a aquellos que hayan protagonizado agresiones a personas, o bien a otros animales.

El primer teniente de alcalde, Manuel Báez, señala que el objetivo de esta nueva normativa es mantener un control sobre los animales de mayor riesgo, sobre todo en un municipio como Firgas, en donde su carácter rural hace que los dueños suelan contar con animales para la protección de fincas.

La ordenanza estipula que el objetivo de este sistema de regulación pretende compatibilizar la seguridad de las personas y bienes, y de otros animales, dentro de la localidad, de conformidad con la legislación vigente sobre la materia. De ahí que hable de que también estarán afectados por esta regulación aquellos animales que hayan manifestado su carácter agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o animales, y que hayan sido apreciados por veterinarios o una autoridad competente.

Firgas obligará a través de esta regulación a los dueños de estos animales a tramitar una licencia administrativa, en el caso de que tenga su residencia en el municipio, en donde se acredita ser mayor de edad y estar capacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal, y no haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas o contra la libertad sexual y la salud pública, o asociación de banda armada o de narcotráfico.

Dentro de la regulación especial se exige acreditar que está capacitado física y sicológicamente para tener este tipo de animales. Y, a su vez, acreditar que ha formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, cuya cobertura mínima debe ascender a 120.000 euros. Este tipo de requisitos se extiende a quienes se dediquen al comercio o adiestramiento.

La licencia que se solicita al Ayuntamiento debe mostrar una fotografía del animal, la identificación del microchip y la cartilla sanitaria de vacunación, además del certificado de Sanidad Animal que garantice la buena salud del perro.

Este documento tendrá una validez de cinco años, pudiéndose renovar en periodos similares. Y, en el caso de que exista alguna sentencia judicial o administrativa, "será causa para denegar la expedición de otra nueva o su renovación".

Firgas también prohíbe el adiestramiento de animales dirigidos a acrecentar y reforzar su agresividad para las peleas y ataque.