El exconcejal de Urbanismo y actual edil en la oposición del Ayuntamiento de Telde por Nueva Canarias (NC) Ildefonso Jiménez Cabrera ha sido condenado a un año y medio (18 meses) de cárcel por conceder en 2002 varios reconocimientos de obra y licencias de primera ocupación "a sabiendas" de que eran ilegales. Entre las casas beneficiadas, situadas en la urbanización Los Alisios, se encuentra el chalé que posee el exsenador por Coalición Canaria (CC) José Mendoza en esa zona de La Garita.

La sentencia, que asume en su integridad los planteamientos de la Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo de Las Palmas, condena a Ildefonso Jiménez como autor de un delito continuado de prevaricación urbanística y le impone 10 años de inhabilitación especial para el ejercicio de "empleo público o cargo público municipal".

El fallo judicial, que está dictado por el Juzgado de lo Penal número 2 de la capital grancanaria y es susceptible de recurso ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, también absuelve a Juan Manuel Cabrera Santana de un delito de usurpación. Este imputado era asesor de Jiménez en el momento de otorgarse las polémicas licencias, pero la juez Mónica Oliva considera que estaba habilitado para actuar como gerente de Urbanismo gracias a un acuerdo adoptado el 31 de marzo de 1995 por el pleno de la Corporación. La acusación popular, ejercida a instancias del político Guillermo Reyes (Ciuca), llegó a reclamar tres años de cárcel para Cabrera al entender que ejercía de gerente y controlaba los expedientes sin disponer de un nombramiento expreso para ello, extremo que ha rechazado la juez.

Hechos probados

La resolución judicial sí considera acreditado que Jiménez "contravino" las "más elementales normas urbanísticas" al firmar los decretos de los reconocimientos de obra y las licencias de primera ocupación, pues en esos expedientes administrativos existían informes "desfavorables" a su concesión que fueron emitidos por los técnicos del Ayuntamiento.

En esos dictámenes municipales "se ponía de manifiesto" que las obras ejecutadas "excedían" el proyecto aprobado y la licencia que se concedió en su momento, ya que la construcción de la parcela se extendió hasta la zona de retranqueo de la vía pública.

Además, en uno de esos informes se afirmaba que "las obras no autorizadas no eran legalizables", sino que "procedía su demolición antes de la concesión del reconocimiento final de obras y la licencia de primera ocupación".

La magistrada establece que "en ninguno de los expedientes existía informe jurídico o propuesta favorable a la concesión de las licencias", el cual era uno de los argumentos alegados por Jiménez para eludir su responsabilidad penal.

De hecho, la sentencia niega que se falsificaran documentos o estos desaparecieran de los expedientes, incluso reprocha al acusado que tratara de descargar su responsabilidad en el secretario y los técnicos de la Administración. "El concejal tenía la obligación de examinar todo el expediente", además de "comprobar los informes técnicos y jurídicos que necesariamente deben ser incluidos en el expediente y que necesariamente han de ser favorables para poder conceder el reconocimiento final de obra y la licencia de primera ocupación", razona la autoridad judicial.

Luego, para mayor claridad, concluye que "estando los informes negativos unidos al expediente, el concejal no debió firmar nada". Por eso, según el fallo, "no procede ampararse" en que el secretario también "firmara" o todo estuviera "redactado" por los técnicos, pues Jiménez "es el responsable con su firma y debe verificar que todo se haya llevado a cabo correctamente", concluye la sentencia.

Los dos expedientes administrativos mencionados sirvieron para construir cinco viviendas unifamiliares en La Garita, cuyos decretos a favor se firmaron el 12 de febrero de 2002 y el 12 de septiembre del mismo año.