La sentencia es definitiva. El Tribunal Supremo acaba de dictar un auto en el que desestima definitivamente las pretensiones de la empresa Cortezo Inversiones de escriturar 12,5 millones de metros cuadrados en Güigüi que estaban ya registradas a nombre del Ayuntamiento de La Aldea desde el año 1867. El alcalde, José Miguel Rodríguez, resalta que después de tantos años de batalla legal se confirma la titularidad, que ellos tenían claro desde un primer momento.

La Reserva Natural Especial de Güigüi ha sido desde hace décadas un objeto de deseo para muchos promotores urbanísticos, al ser uno de los últimos espacios vírgenes de Gran Canaria. El origen de este litigio judicial se remonta a 1974, cuando Promociones Turísticas Canarias (Protucasa), propiedad de La Caja, intentó tramitar un expediente de dominio de los terrenos, hasta que el Ayuntamiento bloqueó el proceso. La entidad bancaria vendió en 1988 al empresario Helmut Rahms las fincas. Este proceso generó en ese momento una enorme polémica.

Al año y medio, el nuevo dueño lo entregó a Pelerine, una sociedad con domicilio social en Reino Unido, en una transacción realizada en la embajada de España en Viena. Esta sociedad lo vendió finalmente al empresario Jaime Cortezo en 2003, heredando el pleito.

El auto del Tribunal Supremo de 28 de mayo confirma las resoluciones previas del juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Guía de 8 de octubre de 2008, y de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria de 28 de mayo de 2012 , y que venían a avalar la documentación presentada por el municipio. Para ello, La Aldea tuvo que desempolvar los papeles de la propiedad, registrados el 24 de enero de 1867.

Una "falta de respeto"

La Sala de lo Civil del Alto Tribunal da un varapalo a la defensa judicial de Cortezo, al apuntar una "falta de respeto a la valoración probatoria efectuada por la sentencia recurrida", recalcando que sus fincas "coinciden en todo o en parte, con las inscritas a favor del Ayuntamiento". Y que aportó un título de 1989 "que no tuvo acceso al Registro de la Propiedad" en todos estos años, mientras el municipio "aporta título que accedió al Registro en el año 1867".

Por todo ello, la Sala no admite el recurso de Cortezo Inversiones contra las dos sentencias anteriores, que fallaron en su contra. Y obliga al empresario a pagar las costas del proceso judicial. Mientras, el alcalde manifestó ayer su satisfacción por el fallo después de tantos años pleiteando.