La sección sexta de la Audiencia de Las Palmas ha condenado por un homicidio con agravante de abuso de superioridad a 14 años de cárcel al excocinero acusado de matar a una compatriota.

La sentencia, difundida este martes por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias atiende de esta forma a lo que el pasado 22 de septiembre consideró, por unanimidad un tribunal del Jurado, que estimó que el ahora condenado, Ashoklal G.S., era culpable de la muerte a golpes de la matriarca del citado grupo empresarial, a varios de cuyos miembros conocía por haber sido su cocinero durante más de 15 años.

Como estimó en su día el tribunal del Jurado constituido en la Audiencia de Las Palmas con motivo de la vista oral de esta causa, su presidente, el magistrado Emilio Moya, ha considerado probado en su fallo que el imputado, originario de la India, como la fallecida, tocó a la puerta del domicilio de la víctima, situada en el sur de Gran Canaria, a primera hora de la mañana del 4 de enero de 2013.

La mujer, que en ese momento se encontraba sola en el domicilio, permitió entrar al acusado, quien le pidió poder comer y dormir en la vivienda, una propuesta a la que ésta se negó ofreciéndole a cambio una ayuda económica, agrega la sentencia.

La víctima, de 73 años, fue entonces a su dormitorio para buscar el dinero que le había prometido al imputado, para lo que se sentó en la cama y dejó a un lado el bastón que usaba para desplazarse por su casa.

En ese momento, Ashoklal G.S., "furioso por la negativa" de la mujer a darle cobijo y comida, "la agarró fuertemente por el cuello y, cogiendo el bastón por la parte inferior, le propinó con la empuñadura con gran fuerza tres golpes en la cabeza, dos en la región parietal y uno en la región frontal", hechos que también avaló el jurado en virtud del informe pericial elaborado por el Instituto de Medicina Legal.

El magistrado ha concluido de igual forma que cuando el procesado agarró por el cuello y golpeó a la fallecida "lo hizo con la indudable intención de acabar con su vida", lo que ocurrió debido al traumatismo craneoencefálico con hemorragia intracraneal que le causó.

La sentencia afirma que el condenado era consciente de la movilidad reducida que sufría la víctima, lo que impidió defenderse a la anciana, una circunstancia que "aprovechó para conseguir una mayor facilidad en la comisión del delito".

El Ministerio Fiscal solicitaba para el acusado una pena de 14 años de cárcel por un delito de homicidio con un agravante de superioridad, una circunstancia que, a juicio de su defensa, no quedó probada en la vista oral, de ahí que solicitara la imposición de la mínima pena disponible por un delito de homicidio.

Los legítimos herederos de la fallecida, su marido y sus dos hijas, han renunciado a cualquier indemnización que pudieran reclamar al procesado por estos hechos.