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Condenados los tres técnicos de la obra en la que Rajani se quedó parapléjica

La mujer cayó al barranco de Puerto Rico cuando paseaba por un puente abierto al tráfico sin terminar

Un juicio de 13 años. SANTI BLANCO

Muniya Rajani, de 51 años, se cayó de una altura de ocho metros en julio de 2003, al tropezar en una acera a medio construir mientras cruzaba un puente sobre el barranco de Puerto Rico. Desde entonces vive en una cama, está paralítica. Rajani y su familia, naturales de Bombay, esperan desde ese verano que se depuren responsabilidades. Trece años después de la desgracia, tras la celebración del juicio el pasado octubre, la espera ha terminado. El magistrado Francisco Luis Liñán ha condenado a tres de los seis acusados como coautores de un delito de lesiones por imprudencia profesional grave.

Se trata del arquitecto de la obra, Juan Torres Alemán, y de los ingenieros de obras públicas Manuel Jesús Pérez Montañez y Alexis García Pérez, que deberán cumplir medio año de cárcel porque eran los responsables de velar por la seguridad en la ejecución de los trabajos. El accidente se produjo mientras se construía la urbanización Valle de Puerto Rico, que era ejecutada por Hermanos García Álamo y promovida por Puerto Rico SA. El Juzgado de lo Penal número 4 absuelve a los tres directivos de estas empresas que fueron juzgados: Manuel Roca Suárez, Sebastián Sergio García Santana y Miguel Roca Suárez.

La sentencia, que es susceptible de recurso ante la Audiencia de Las Palmas, impone a los tres técnicos el pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular, que fue ejercida por el abogado Luis María Hidalgo. Asimismo deberán indemnizar solidariamente a Muniya Aruna Rajani con 610.738 euros por las lesiones sufridas, de los que 150.253 euros fueron ya abonados por la aseguradora Helvetia Compañía Suiza SA. Del pago de la indemnización responderán directamente las entidades Asemas, Mutua de Seguros a Prima Fija y Suaroman SL hasta el límite de 301.000 euros, mientras que Generali SA cubrirá los 150.000 euros restantes. Las mercantiles Hermanos García Álamo S. L. y Puerto Rico S. A. responderán del pago de la indemnización de manera subsidiaria respecto de los técnicos condenados y de las aseguradoras. El fiscal César Casorrán y la acusación particular solicitaron penas más elevadas, de tres y cuatro años de cárcel, pero el juez apreció una atenuante muy cualificada de la responsabilidad por el retraso del juzgado que investigó los hechos. En el resto de planteamientos coincide casi en su integridad con las acusaciones.

El accidente se produjo el día 15 de julio de 2003, sobre las 18.00 horas. Muniya Aruna Rajani, de 37 años, caminaba por la urbanización de Puerto Rico en compañía de su hermana y de una cuidadora, pues padece un trastorno del aprendizaje con un grado de minusvalía del 81 %. Iban por una vía pública de reciente construcción, que conectaba la Avenida de Las Palmeras con la Avenida Tomás Roca Bosch, junto a la segunda fase del Centro Comercial Puerto Rico, situada en el municipio de Mogán. Cuando llegaron a la acera, en el punto en el que la misma atraviesa el barranco, Rajani se apoyó en una malla plástica sujeta a unos palos de madera, que a su vez se encontraban agarrados a la estructura del puente con unas simples puntillas. Por ese motivo "perdió el equilibrio y cayó al fondo del barranco", situado a una profundidad de cinco a ocho metros, establece la sentencia en la relación de hechos probados.

La mujer sufrió la fractura de dos vértebras y la luxación de otra, además de una gran cantidad de operaciones quirúrgicas para estabilizar las lesiones. Estuvo ingresada en el hospital 232 días y, como secuela principal y más grave, se quedó de forma "permanente e irreversible" con una paraplejía. Su familia tuvo que reformar la casa por completo para adaptarla a la pérdida de movilidad de Rajani.

El Plan de Seguridad y Salud elaborado para ejecutar la obra preveía la instalación de barandillas de 90 centímetros en las zonas donde existiera riesgo de caídas a distinto nivel, con soportes metálicos "tipo sargento", pasamanos, listón intermedio y rodapié, pero esos elementos de protección no se colocaron en la zona del viaducto construido sobre el barranco, donde se produjo la caída.

Ese tramo de la vía, además, fue abierto previamente al tráfico rodado y de personas por decisión de la dirección facultativa de la obra, para lo cual el personal de la empresa constructora había retirado el vallado provisional instalado en ese lugar, añade la sentencia.

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