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El Plan General del Sur plantea soterrar el cableado eléctrico de Chira-Soria

Red Eléctrica debe prever que las líneas de alta y media tensión no causen impacto ambiental | San Bartolomé ve "desproporcionado" el desmonte para dos edificios

Estación de Red Eléctrica en Santa Águeda, en San Bartolomé de Tirajana, que recibirá la energía de Chira-Soria . santi blanco

El Plan General de Ordenación de San Bartolomé de Tirajana (PGOU 96) plantea la necesidad de soterrar la línea aérea de alta tensión que la empresa Red Eléctrica de España (REE) va a instalar a lo largo del barranco de Arguineguín para evacuar la energía que se genere en la central hidroeléctrica de las presas de Chira y Soria, según se recoge en el documento de alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Tirajana a este proyecto, ahora en fase de exposición pública.

Las normas urbanísticas del planeamiento de este municipio establecen que los tendidos eléctricos, es decir las 42 torretas de la línea áerea de alta tensión de doble circuito de 220 kilowatios, prevista en este proyecto, así como las de media, de 20 kilowatios, y las que alimentarán los servicios auxiliares en la zona de la presa de Chira desde la plataforma de Soria, tendrán que trazarse buscando "el menor impacto ambiental".

Los tendidos eléctricos están regulados en las Normas de Aplicación Directa del citado Plan General. El artículo 149 del capítulo 7 de este documento señala que en todos los proyectos de este tipo hay que presentar un análisis de las alternativas posibles, entre las que debe contemplarse aquellas en las que el trazado no afecte a áreas protegidas o, en su defecto, solo dañe a las zonas de menor valor relativo, y donde el impacto ambiental y paisajístico sea también el mínimo.

Además, si bien el artículo 64 del Plan General del municipio sureño plantea que "con carácter previo" a la autorización de este proyecto, la compañía debe elaborar un Plan Especial de las líneas de transporte y distribución para poder llevar a cabo la construcción de la central, el informe de alegaciones también señala que este apartado está derogado en base a que la Comisión del Territorio de Canarias acordó en 2005 que todos los proyectos iniciados antes del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria que entró en vigor en 2004 no se ven afectados por esta obligación al no poder aplicarse a un proyecto iniciado con anterioridad a su entrada en vigor. La autorización para ejecutar la línea de transporte de energía desde la planta de Jinámar a Santa Águeda es de enero de 2001, y la aprobación del proyecto de ejecución es de marzo de 2003.

Trazado subterráneo

Ante esto, el informe municipal recoge que en caso de que no se pueda aplicar este artículo del Plan Especial por entenderse que está derogado, y dado que está permitido hacer uso de este suelo para las líneas de transporte y distribución, lo que es cierto es que Red Eléctrica "no ha estudiado la posibilidad de hacer todo el trazado subterráneo, que generaría menos impacto en la fase de funcionamiento".

La línea eléctrica de evacuación de Chira-Soria propuesta por REE es aérea a lo largo de casi todo su recorrido de 17,09 kilómetros, que discurren por San Bartolomé de Tirajana (5.161 metros) y Mogán (11.929 ya que el barranco de Arguineguín marca el límite entre estos municipios. Solo son subterráneos dos tramos que suman 1.293 metros y que están al inicio, entre la central y la primera torreta, y al final, en el acceso a Santa Águeda.

También considera San Bartolomé de Tirajana "desproporcionado" el desmonte que propone Red Eléctrica para ubicar la estación de bombeo II de agua desalada de la central que se ubicará cerca de Las Filipinas, y el edificio de control, que se levantará en el lado oeste de Soria, y tendrá dos plantas de altura. En ambos casos, la alegación insiste en que la compañía eléctrica "deberá estudiar la mejor integración de la edificación en la ladera, sin modificar de manera injustificada el perfil natural de la pendiente del terreno".

Asimismo, defiende que como los terrenos donde se desarrolla el proyecto reformado de la central hidroeléctrica están incluidos en el Espacio Natural del Parque Rural del Nublo, y que además una parte están clasificados como "suelo rústico potencialmente productivo" en el Plan General, las edificios de las estaciones de bombeo y la subestación eléctrica deben atenerse a las condiciones que regulan las construcciones en zona rústica, recogidas en el Plan General, así como en el artículo 58 de la Ley de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias.

Esta última normativa define las alturas que tienen que respetar las edificaciones de la central, que no podrán superar una planta con carácter general ni dos en los asentamientos rurales siempre "medidas en cada punto del terreno que ocupen". A su vez, establece que en este suelo no se pueden construir edificaciones que limiten el campo visual, ni podrán tener características propias de zonas urbanas, y tendrán que ser adecuadas al uso y la explotación a los que se vinculen y guardar la proporción con las necesidades de los mismos. También deberán respetar un retranqueo de tres metros a linderos y cinco al eje de los caminos.

En cuanto a la senda turística que plantea REE por el barranco de Arguineguín asociada a la impulsión de agua tratada, el Ayuntamiento señala que se tenga en cuenta la separación del carril bici de la senda peatonal.

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