El Juzgado de lo Penal Nº5 de Las Palmas de Gran Canaria, con competencia en Violencia sobre la Mujer, ha absuelto a un guardia civilque venía siendo acusado de un delito de maltrato habitual, lesiones y amenazas a su expareja, también agente de la benemérita.

En este sentido, ambos, que trabajaban en Santa María de Guía, mantuvieron una relación entre los años 2012 y 2013 sin que existiera ninguna relación de jerarquía laboral entre ellos. La Sala no ha considerado probado que durante la relación sentimental el hombre maltratase física ni psicológicamente a la mujer, ni que hubiera intimidación o coacción.

Tampoco se ha constatado que tras la ruptura en el año 2013, y hasta 2016, el varón haya mantenido una actitud de intimidación, hostigamiento o vejatorio hacia su expareja, sino que coincidían en su puesto de trabajo y no formaban parte del mismo grupo.

La Fiscalía solicitaba la libre absolución, mientras que la acusación particular pedía las penas de, por maltrato habitual, dos años de prisión, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante cuatro años, por el delito de amenazas la pena de un año, y por el delito de lesiones dos años de prisión, y alternativamente por el delito de lesiones del artículo 153 la pena de un año de prisión. Asimismo, interesaba la privación del derecho a comunicarse o acercarse a su expareja en un radio no inferior a 500 metros.