Un vertido procedente de una finca agrícola cercana ha obligado al cierre cautelar del acceso a las piscinas naturales de Roque Prieto. El Ayuntamiento de Santa María de Guía ha encargado con carácter de urgencia una analítica microbiológica de la calidad del agua cuyos resultados está previsto obtener este viernes. Hasta ese momento, y a la espera de los mismos, el acceso a la zona de baño de Roque Prieto permanecerá totalmente cerrado a la población, según informa el Consistorio.

El informe de la Policía Local manifiesta que dicho vertido "parece proceder de las fincas próximas pertenecientes a Félix Santiago Melián" y que "el vertido líquido parece ser estiércol de origen animal, ya que el olor invade todo el lugar, siendo el hedor insoportable y posiblemente tóxico para los usuarios y que se puede ver que el mismo llega hasta el agua en la zona de baño".

La veterinaria Lidia Esther García, informa el Ayuntamiento norteño, fue la encargada de realizar durante la mañana de este miércoles una inspección ocular y la toma de las muestras de agua en distintos puntos de las piscinas, derivándolas seguidamente a un laboratorio de la capital grancanaria para proceder al análisis bacteriológico.

"Recibimos el aviso a las nueve de la mañana y reaccionamos de manera inmediata, pedimos informes y como medida provisional decreté lo que corresponde a la competencia municipal, que es el cierre de manera provisional de las piscinas", asegura Pedro Rodríguez, alcalde del municipio.

El primer edil, que se mostró aliviado de que el vertido no se produjera en fechas veraniegas, cuando los bañistas visitan estas populares piscinas de manera asidua, confía en que la reapertura no se retrase demasiado, aunque todo dependerá del resultado de los análisis. "Salud Pública tendrá que pronunciarse acerca de los análisis y el Consejo Insular de Aguas determinará el origen de los vertidos", continúa Rodríguez.

Por su parte, el Ayuntamiento del noroeste se ha abierto ya un expediente para requerir al propietario de la finca causan-te de los vertidos el cese inmediato de estos, independientemente de las sanciones que procedan en cumplimiento del Decreto 174/1994 por el que se aprueba el Reglamento de Control de Vertidos para la Protección del Dominio Público Hidráulico.