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Cabildo

Un juez reprocha al Cabildo su "empeño tenaz" en nombramientos irregulares

El TSJC confirma la nulidad de la elección a dedo de la directora de Empleo v Los tribunales han tumbado cuatro designaciones y en este mandato hay más denuncias

El presidente del Cabildo, Antonio Morales, y el consejero de Empleo, Juan Díaz, durante una comparecencia en el Cabildo. LP/DLP

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso de apelación del Cabildo de Gran Canaria contra la sentencia que anuló el nombramiento de Susana Miras como directora insular de Transparencia, Empleo y Desarrollo Local, tras un recurso interpuesto por una asociación de profesionales de la administración pública que considera que el gobierno de Antonio Morales ha elegido a varios altos cargos al margen de la normativa vigente, tanto en el anterior mandato como en el actual.

En la nueva sentencia, notificada a las partes el pasado 8 de junio, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC repite los argumentos de anteriores anulaciones y vuelve a expresar "la extrañeza que a la Sala -o, más exactamente y como mínimo, a este ponente- produce esa suerte de empeño, tenaz y resuelto, que tiene en los últimos tiempos el Cabildo de Gran Canaria en efectuar nombramientos relevantes al margen de los esenciales principios de transparencia y de concurrencia competitiva".

"Por ese voluntarismo en la elección no pueden sorprenderse las apelantes [el Cabildo y la propia designada] de la inevitable percepción de un cierto atisbo de arbitrariedad por parte del personal funcionario de esa entidad local", añade la sentencia.

La Sala, formada por los magistrados Jaime Borrás, Francisco José Gómez Cáceres e Inmaculada Rodríguez Falcón, no solo desestima el recurso de apelación del Cabildo, sino que de forma explícita hace referencia a una de las principales quejas del colectivo denunciante, la Asociación por la Dirección Pública Profesional de Canarias, que sostiene que el gobierno de Morales utiliza esos recursos de apelación para dilatar los procedimientos judiciales, de forma que un directivo con el nombramiento suspendido por los tribunales pueda seguir dos o tres años más en el cargo.

De hecho, la designación de Susana Miras está anulada desde el 14 de junio de 2019 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, pero ha continuado en puesto hasta ahora. Tras las elecciones y los cambios en el gobierno insular, actualmente es directora insular de Empleo, bajo la órbita de Juan Díaz, consejero de ese departamento.

"Así pues", relata la sentencia del TSJC, "estamos ante un recurso de apelación que no dedica una sola línea a combatir los fundamentos de la sentencia apelada. En efecto, no hay una sola reflexión crítica a la concreta cuestión de la Jurisprudencia, tanto del Tribunal Supremo como la denominada 'menor', que ha observado la resolución del Juzgado, pese, reiteramos, a que en ella se sustenta el pronunciamiento desestimatorio adoptado y que, en función del planteamiento apelatorio empleado por el Cabildo, parece como si no hubiera existido".

La asociación de profesionales también llama la atención de que cada sentencia contraria al Cabildo incluye el pago de las costas procesales, un dinero que sale de las arcas públicas y que, "por tanto, no les duele a los políticos que toman esas decisiones torticeras", apuntó uno de sus miembros.

Tal como ha hecho con otros nombramientos a dedo en varias administraciones isleñas, como el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria o el Cabildo de Tenerife, la Asociación recurrió el acuerdo adoptado el 29 de octubre de 2018 por el Consejo de Gobierno Insular del Cabildo por el que se procedió a la designación de Susana Miras como directora de Transparencia, Empleo y Desarrollo Local.

En el recurso, ese colectivo solicitó al Juzgado que declarara la nulidad o, en su caso, la anulabilidad del Acto administrativo, todo ello con imposición de las costas del procedimiento. Entre otros argumentos, consideró que "el nombramiento efectuado por el Cabildo es nulo por transgredir el artículo 13 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) al no haberse seguido procedimiento con las debidas notas de publicidad y concurrencia; que no ha existido la fiscalización previa a que hace referencia el artículo 214 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (LRHL); y que el nombramiento recurrido no cuenta con la motivación que debe acompañar a los actos dictados en el ejercicio de potestades discrecionales".

El Cabildo, por su parte, interesó la desestimación del recurso por considerar ajustado a derecho ese acto administrativo impugnado, mientras que Susana Miras solicitó la inadmisión y, en su defecto, su desestimación, alegando que esa Asociación no es parte afectada.

Concurrencia

La Sala no accedió a esa última petición "por cuanto es apreciable en la acción de la Asociación por la Dirección Pública Profesional de Canarias un interés profesional representado por la sanción del establecimiento de procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia en los nombramientos de puestos de naturaleza directiva frente a los de tipo discrecional como el impugnado".

Y "caso de prosperar el recurso", subraya la sentencia, "tal interés profesional se traducirá en una ventaja o beneficio cierto, cualificado y específico para los propios integrantes de la Asociación, pues como afirma la propia codemandada, todos sus integrantes ostentan puestos directivos, de tal modo que los mismos verán ampliadas sus posibilidades de concurrir a otros puestos que sean de su agrado y sean de la naturaleza del litigioso".

Al igual que el nombramiento de Susana Miras, también han sido anuladas por los jueces las designaciones en el anterior mandato de la directora general de Igualdad, Marta Jiménez Jaén; del director insular de Transportes, José Antonio Hernández Afonso; y de la directora gerente del Instituto de Atención Social y Sociosanitaria (IASS), Blanca Nieves Méndez. Tres de esos nombramientos fueron realizados en áreas gobernadas por el PSOE y el otro por la consejera María Nebot. Pese a las sentencias anulatorias, todos continuaron en sus puestos hasta el final del mandato y algunos siguen en la actualidad.

En este mandato, los sindicatos CCOO, Sepca y SAP recurrieron las convocatorias públicas para nombrar directivos al considerar que "vulneran" la ley y que los requisitos exigidos a los aspirantes son "un traje a medida o convocatorias ad hoc" para elegir a determinadas personas por sus afinidades políticas, no por sus méritos.

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