La Guardia Civil del Puesto Principal de Puerto Rico-Mogán, en Gran Canaria, ha denunciado administrativamente al responsable de una fiesta privada que se celebró el pasado domingo 19 de julio en el municipio de Mogán, en una embarcación de recreo que no cumplía con las medidas sanitarias establecidas Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

La Guardia Civil inició inmediatamente las actuaciones oportunas a raíz de la publicación de un vídeo en varios medios de comunicación y redes sociales en el que se apreciaba una embarcación fondeada en el litoral de aguas entre las localidades de Tauro y Playa del Cura, en cuya cubierta superior, así como en las escaleras se encontraba mucha gente aglomerada sin respetar la debida distancia de seguridad ni mascarillas.

Por ello los agentes procedieron a identificar mediante el folio la propia embarcación y su propietario tratándose de un catamarán dedicado a la actividad comercial que había sido alquilado para su explotación el día que ocurrieron los hechos descritos, inspeccionando la Guardia Civil los documentos y contrato de arrendamiento en los que pudieron verificar los datos del arrendatario y la anotación expresa relativa a la responsabilidad del arrendatario de respetar y cumplir las medidas sanitarias según el protocolo “COVID 19” en un evento.

Asimismo en el análisis de las imágenes y las recomendaciones existentes para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de la nueva normalidad aporta una tabla de riesgo a tener en cuenta, observándose en estas imágenes como acciones de alto riesgo:

Alto porcentaje de participantes de pie en movimiento constante que realizan actividades durante el evento como cantar, contacto físico, compartir materiales, tratándose de un evento de más de dos horas de duración.

Por ello la Guardia Civil realizó una propuesta de sanción a la Dirección General de salud pública del Gobierno de Canarias al objeto de poner en conocimiento los hechos y la implicación de ambas partes por ser constitutivos los hechos del incumplimiento al artículo 14 de la Ley 21/2020 de 09 de junio en el que detalla que “los organizadores deberán asegurar el cumplimiento de las normas de aforo, desinfección, prevención y acondicionamiento que aquellas determinen. En todo caso, se deberá asegurar que se adopten las medidas necesarias para garantizar una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros, así como el debido control para evitar las aglomeraciones. Cuando no sea posible mantener dicha distancia de seguridad, se observarán las medidas de higiene adecuadas para prevenir los riesgos de contagio”.

Se recuerda que estas conductas o comportamientos contemplan sanciones que dependiendo de su grado de riesgo para la salud, gravedad de la alteración sanitaria o alarma social producida, grado de intencionalidad o reincidencia pueden oscilar:

Hasta los 3.000 euros las levesEntre los 3.001 a 60.000 las gravesEntre las 60.001 a 600.00 las muy graves