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San Bartolomé de Tirajana

El juez anula la reclasificación urbana de Tarajalillo y deja en el aire los hoteles

Dos empresas recurrieron el acuerdo del Ayuntamiento que permitía la creación de 4.800 camas turísticas | La sentencia se puede recurrir y entonces decidiría el TSJC

Vista de los terrenos de la familia Del Castillo, entre la autopista GC-1, a la izquierda, y la antigua carretera del Sur.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 5 de Las Palmas de Gran Canaria ha anulado la reclasificación como suelo urbanizable de los terrenos de Tarajalillo-Lilolandia y deja en el aire el proyecto turístico Costa Afortunada, de 4.800 nuevas plazas hoteleras e impulsado por miembros de la familia Del Castillo, propietarios de los terrenos.

La sentencia del magistrado Ángel Teba García estima íntegramente el recurso contencioso-administrativo presentado por las empresas Hijos de Francisco López Sánchez S.A. e Inversur Menagement S.L. contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana que reclasificó esos terrenos el 6 de julio de 2018.

También condena al Consistorio sureño y a los codemandados, los herederos del Conde la Vega Grande, a pagar las costas del procedimiento. Contra esta resolución judicial cabe interponer un recurso de apelación, que tendría que ser resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

El fallo, conocido ayer, desestima los argumentos del Ayuntamiento y de los promotores de la reclasificación, que habían solicitado la desestimación del recurso de esas dos empresas al entender que el acuerdo municipal se ajusta a la normativa urbanística.

Lopesan recurrió la reclasificación de una superficie de 2.389.650 metros cuadrados, entre la antigua carretera del Sur (GC-500) y la Autopista GC-1, y reclamó la anulación y la condena del Ayuntamiento por su “manifiesta temeridad procesal”.

El juez entiende que se buscó una vía excepcional en lugar del trámite que es habitual

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Según este grupo turístico, “resulta obvio que el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana ha decidido acceder a colonizar dos millones y medio de metros cuadrados de suelo rústico para crear una ciudad turística comparable en extensión a Playa del Inglés, al margen de los criterios y procedimiento legalmente establecidos para clasificar suelo urbanizable, que ni se citan ni se justifican ni se implementan, valiéndose de un mecanismo excepcional (la Disposición Transitoria Primera de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias; de 2017) y de una justificación, inviable, puesto que, en definitiva se trata de autorizar 4.800 camas y medio campo de golf, lo que en rigor no puede considerarse que resulte indispensable para atender las necesidades municipales, máxime cuando existe en la actualidad suelo ya clasificado y en proceso de desarrollo para 17.391 plazas en el término municipal, más que suficientes para satisfacer las necesidades futuras del municipio a medio y largo plazo, dentro de un concepto de desarrollo sostenible, del que evidentemente se ha apartado el Ayuntamiento”.

En la demanda de Lopesan se citan hasta siete motivos para anular esa reclasificación, como la vulneración de la propia Ley del Suelo sobre el procedimiento de evaluación ambiental estratégica y su aplicación a la reclasificación del suelo operada; la vulneración del principio de desarrollo sostenible; la ausencia de motivación; la desviación de poder y el fraude de ley en que ha incurrido la Corporación municipal; la ausencia de Informe o Memoria de sostenibilidad económica de la reclasificación de suelo operada; el atentado al principio de racionalidad; y la vulneración de preceptos de la Ley Básica Estatal del Suelo.

Por su parte, Inversur solicitó la nulidad del acuerdo municipal por “la falta de motivación de la decisión administrativa” y porque, a su juicio “persigue satisfacer el interés particular del propietario de los terrenos”. También considera que el Ayuntamiento incurrió en desviación de poder e infringió el principio de jerarquía normativa. Por último, entiende que concurre un vicio de nulidad ante la falta de abstención del jefe de Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística del Ayuntamiento.

Respecto a la presunta vulneración de la Ley del Suelo, el magistrado señala que del tenor literal de la Disposición Transitoria utilizada por el Ayuntamiento “lo que se desprende es que el legislador autonómico concede a las Corporaciones una facultad temporal para la reclasificación de los suelos urbanizables no sectorizados; ahora bien, la misma queda condicionada por conceptos jurídicos indeterminados como la excepcionalidad, el carácter indispensable de la actuación y la subordinación de este a las necesidades municipales”.

Motivación

Al examinar uno de los documentos aportados por el Ayuntamiento, la denominada Propuesta de Justificación del Carácter Indispensable para Atender a las Necesidades Municipales, el magistrado resalta que “nos encontramos con una primera falla en la motivación de la decisión municipal, cual es que no se justifica en momento alguno las razones que justifican la excepcionalidad del recurso acogido”.

Al respecto, agrega que no existe en el documento apartado específico alguno que se dedique a analizar “por qué a juicio de la corporación municipal hay que acudir al instrumento excepcional en lugar de conseguir los mismos resultados a través de las posibilidades convencionales que ofrece la legislación”.

Los demandantes sostienen que el Consistorio incurrió en una temeridad procesal

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Tras una década de propuestas para urbanizar la zona de Tarajalillo, puerta de entrada a la ciudad turística de Maspalomas, el Ayuntamiento accedió en 2018, durante la Alcaldía de Marco Aurelio Pérez, a reclasificar como suelo urbanizable no desarrollado los terrenos donde la familia Del Castillo pretende construir un complejo turístico formado por cinco hoteles de lujo, villas y un campo de golf de nueve hoyos.

La Ley del Suelo de 2017 catalogó los terrenos como rústicos de reserva y estableció que las parcelas que no dispusieran del correspondiente planeamiento antes de septiembre de 2018 se quedarían finalmente como rústicos.

La pieza turística de Tarajalillo-Lilolandia está recogida en el nuevo Plan Insular de Ordenación (PIO), aunque el Cabildo redujo el número de camas.

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