La Provincia - Diario de Las Palmas

La Provincia - Diario de Las Palmas

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

San Bartolomé de Tirajana

El juez archiva la causa contra Elmasa por captaciones de agua en Tarajalillo

Un informe pericial sostiene que “no puede inferirse de las captaciones de aguas hayan causado un daño efectivo o real”

El juez archiva la causa contra Elmasa por captaciones de agua en Tarajalillo

El Juzgado de Instrucción Número 3 de San Bartolomé de Tirajana ha archivado la causa que investigaba desde 2017 a Elmasa Tecnología del Agua por la presunta comisión de un delito contra los recursos naturales y del medio ambiente por la contaminación de un acuífero en la costa de Tarajalillo, en San Bartolomé de Tirajana, con agua salada tras unas captaciones llevadas a cabo por la compañía. La Fiscalía había solicitado la realización de pruebas periciales para determinar si hubo o no contaminación y tras la realización de un informe ha concluido que “no puede inferirse que las captaciones de aguas efectuadas por Elmasa hayan causado daño efectivo o real”. En este sentido, el juez ha hecho suyas las tesis del Ministerio Público y ha emitido un auto en el que ha acordado el sobreseimiento provisional. Ahora, el denunciante, el empresario Eugenio Hernández, ha presentado un recurso de apelación contra este auto al entender que el juez ha vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva.

Hernández interpuso una denuncia en abril de 2017 que llevó al Seprona a investigar el caso a través de la recogida de muestras en varios pozos y galerías con el fin de determinar si la empresa contaminó con agua de mar el acuífero, lo que podía adulterar el agua dulce. Un año después fue la Fiscalía de Medio Ambiente la que interpuso la denuncia ante los juzgados de San Bartolomé de Tirajana, en la cual propuso la práctica de hasta seis diligencias a efectos de acreditar los hechos, entre ellas la toma de muestras en los pozos y galerias y la realización de un informe pericial.

“No se aprecia una afección de los bombeos en la zona del barranco” dice el informe

decoration

El pasado mes de junio, el Consejo Insular de Aguas remitió al juzgado ese informe que concluye que “no se aprecia una afección de los bombeos realizados en la zona de barrancos del Aeroclub, que las características hidroquímicas del agua de extracción del pozo canario son compatibles con agua de mar, que la afección de salinidad en la construcción de las galerías inspeccionadas no llega mucho más allá de su propia longitud, que no se produce en la zona del Aeroclub una salinización como consecuencia del bombeo del pozo canario y que no existen evidencias de afección como consecuencia del bombeo de dicho pozo, ni en el propio entorno del Aeroclub ni en la zona de barrancos estudiada estudiada.

Con esos resultados, el Ministerio Público concluyó que “no puede inferirse que las captaciones de aguas efectuadas por Elmasa hayan causado daño efectivo o real, o un peligro potencial, hipotético o futuro para la calidad del agua, del suelo o del aire, ni tampoco para la fauna y flora circundante en la zona”, por lo que reclamó al Juzgado el archivo de la causa.

A raís de esta solicitud y de las pruebas practicadas, el juez acepta las propuestas de la Fiscalía de Medio Ambiente y emite un auto, con fecha del 19 de noviembre, en el que señala que al margen de que las actuaciones puedan tener sanciones administrativas por parte de las autoridades competentes, “lo cierto es que los hechos objeto de instrucción no tendrían encaje penal” en los tipos descritos por la Fiscalía y considera que no parece “debidamente justificada” la perpetración del delito.

Tras conocer el auto, el denunciante, el empresario Eugenio Hernández, presentó el pasado lunes un recurso de apelación al entender que el juzgado ha vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva, que no se han resuelto las distintas diligencias de pruebas propuestas ni se ha respondido a la ampliación de la denuncia. “Jamas se nos ha dado respuesta motivada a lo pretendido”, señala el documento de alegaciones al que ha tenido acceso este periódico, “el auto deja sin respuesta una petición tan fundada como procedente y por eso debe ser anulado”.

El denunciante recurre el auto al entender que se vulnera su derecho a la tutela judicial

decoration

En el escrito, la representante legal de Eugenio Hernández reclama que no se haya atentido su solicitud de prácticas de digilencias de pruebas que han quedado sin respuesta. Ante esta falta de respuesta, el demantante considera que el juzgado procede con un “completo ninguneo de la actuación de la acusación particular”. “Se da respuesta a todo lo solicitado por el Ministerio Fiscal y se cierra el procedimiento sin dar respuesta a las numerosas peticiones de la acción particular”.

Entre otras, reclama que se han quedado sin respuesta pruebas tales como la declaración de los investigados, de los testigos, del perito, pruebas documentales como la licencia de actividades clasificadas del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, expedientes de disciplina urbanística o un informe sobre las actuaciones del Ayuntamiento sobre las captaciones de aguas.

“Es evidente que el Juez Instructor pudo acordar la práctica de las diligencias de prueba solicitadas o denegarlas motivadamente, pero lo ocurrido en el presente caso es que decretó el sobreseimiento provisional de la causa sin resolver tan fundadas solicitudes”, concluye el escrito de apelación, “por lo que vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva”.

Compartir el artículo

stats