La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rechazado el recurso presentado por el grupo de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana, por el que negaban que se hubiera efectuado una designación de un cargo público a dedo. El magistrado presidente Jaime Borrás ratifica la sentencia de primera instancia, emitida por Juzgado de los Contecioso Número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, en la que se argumenta que la administración local a través de su alcalde, Santiago Rodríguez, nombró un trabajador público sin ninguna justificación y le impone el pago de las costas judiciales.

La administración local designó a un funcionario como jefe de sección de uno de los departamento a través de una «atribución tempora de funciones», sin que se efectuase su preceptiva convocatoria pública. Manuel Hernández, líder de la formación política AV-SLT denunció este hecho argumentando que en este caso no se cumplen los requisitos para efectuar una atribución temporal porque el trabajo a efectuar no respondía a ninguna labor especial, ni a causas conyunturales o de volumen temporal en relación a las tareas a realizar, entre otras cuestiones.

Por otra parte, concurrió desviación de poder «por cuanto la asignación del puesto hubo que hacerse a través de una comisión de servicios», según se explica en los fundamentos de derecho de la sentencia. «Hasta mayo del 2023 la ley y la justicia impedirán que estos políticos sigan cometiendo ilegalidades en el Ayuntamiento», esclarece Hernández sobre la situación.