El pleno del Ayuntamiento de Agüimes ha acordado por unanimidad reducir al mínimo legal permitido el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), una medida que comenzará a aplicarse en el próximo recibo de 2022. El consistorio ha informado en un comunicado que el artículo 2.1 de la ordenanza fiscal reguladora del IBI ha quedado modificado para que a partir de ahora el tipo de gravamen esté fijado en el 0,40 %, el mínimo establecido por la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

El Gobierno central establece la horquilla en la que este porcentaje puede moverse, entre el 0,4 y el 1,3 %, mientras que a cada ayuntamiento le corresponde la elección del coeficiente concreto, siempre dentro de esa horquilla, explica. El coeficiente del IBI es el porcentaje que se aplica al valor catastral de una propiedad para calcular el Impuesto de Bienes Inmuebles, la antigua contribución urbana, que constituye una de las principales fuentes de financiación de los ayuntamientos para la prestación de los servicios y competencias que tienen asignados.

La reducción aprobada por el Ayuntamiento de Agüimes obedece al compromiso del grupo de gobierno, encabezado por el alcalde, Óscar Hernández, al que se llega de forma progresiva, tras las sucesivas rebajas realizadas en los ejercicios anteriores, que han supuesto una disminución de la recaudación municipal de unos 340.000 euros en los dos últimos años. Con esta última rebaja, Agüimes ha conseguido reducir el tipo de gravamen del IBI en 16 puntos en un periodo de ocho años, pasando del 0,56 % de 2014 al 0,40 % de 2022, resalta la nota.

Según el Consistorio, este descenso tiene un impacto favorable para los contribuyentes que se pretende que sea de ayuda a las familias y las empresas ante la merma de ingresos generalizada que se ha producido como consecuencia del impacto económico de la pandemia.

El pleno también aprobó la modificación de la ordenanza fiscal que regula el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO) con el fin de facilitar los trámites para acogerse a la bonificación del 50 % cuando se trate de proyectos generadores de empleo que puedan ser declarados de especial interés o utilidad municipal.