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Tribunales

El TSJC confirma 15 años de prisión para un hombre que abusó de dos niñas

El condenado se llevaba a las sobrinas de su pareja a una finca para cometer los delitos

Imagen de archivo de la Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria.jpg LP/DLP

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha confirmado la condena de 15 años y nueve meses de prisión a un hombre que abusó de las dos sobrinas de su pareja en Agaete.

La Sala de lo Penal ha rechazado el recurso interpuesto por el condenado en el que alegaba que lo declarado por las víctimas no era voluntario, «sino que respondieron a las indicaciones de quienes las entrevistaron». Asimismo, añadió que habían «lagunas» en lo manifestado por las niñas sin precisar cuáles eran, así como una supuesta «incoherencia» en la declaración de la tía de las pequeñas y presuntas «contradicciones» entre lo que manifestó durante la instrucción del caso y en el juicio. Alegatos que el Tribunal no admitió por no considerar probados esos extremos. 

Los hechos se remontan a los años 2011 y 2012 cuando el procesado F. B. M., de 59 años actualmente, se «aprovechó» de que mantenía una relación sentimental con la tía de las víctimas que tenían nueve y diez años en esa época. Y es que las pequeñas acudían por las tardes al domicilio de la pareja del condenado ya que ahí también residía la abuela de ellas. El hombre llevaba a las niñas a una finca en el mismo municipio en donde realizaba los actos de naturaleza sexual.

El procesado llegó a atar a una cama y a agredir sexualmente a la menor que tenía nueve años

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En concreto, a la menor de nueve años se la llevaba a esa parcela cuando coincidían en la residencia de la abuela de la pequeña -sin que se pueda concretar el número de veces-. Así la trasladaba a una habitación en la que había una cama y, «con ánimo libidinoso», le realizaba «tocamientos en la zona vaginal por debajo de la ropa», incluso, reseña el fallo, llegó a introducirle los dedos en la vagina. 

«Le daba besos en sus partes íntimas», además, en una de las ocasiones en las que la niña se resistía a que la tocase, el condenado la ataba a la cama. El procesado algunas veces eyaculaba encima de la pequeña y otras en el suelo, a su vez, hizo que la víctima le masturbase en varias ocasiones.

Respecto a la otra menor, el encausado en fecha no determinada pero cuando ella tenía diez años, la llevó a la finca en una ocasión y -«con ánimo libidinoso y tras varias insinuaciones»- la empujó sobre el sofá e «intentó bajarle los pantalones cogiéndoselos por la cintura». La pequeña le dio un empujón y logró apartarlo de ella. En otra oportunidad el hombre intentó nuevamente bajarle los pantalones a la niña y como no lo consiguió la encerró en el baño para después masturbarse delante de ella.

A la víctima de diez años la empujó sobre el sofá y trato de bajarle el pantalón en dos ocasiones

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial resolvió condenarle el pasado 14 de mayo del presente año por un delito continuado de agresión sexual a 13 años, seis meses de cárcel y un día de prisión. También le impuso un año y tres meses de cárcel por abuso sexual en grado de tentativa y otro año de prisión por un delito de exhibicionismo. Asimismo le sentenció a diez años de libertad vigilada, así como la prohibición de comunicarse por cualquier medio y/o acercarse a la más pequeña de las víctimas durante un periodo de 20 años. 

Mientras que a la mayor no podrá acercarse ni comunicarse durante diez años. En cuanto a la responsabilidad civil, el procesado deberá pagar 50.000 euros distribuidos en 40.000 para la víctima de la agresión y 10.000 euros para la que sufrió abusos y del exhibicionismo. Asimismo, deberá hacerse cargo de las costas del juicio, en las que se incluyen las de la acusación particular. Esta sentencia no es firme por lo que cabe interponer ante ella un recurso de casación en la Sala Segunda del Tribunal Supremo. 

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