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Cabildo | Nombramientos

El Cabildo frena la elección de la nueva gerente de Deportes por dudas legales

El Consejo de Gobierno deja sobre la mesa el nombramiento de María de los Ángeles Ramos

Norberto Francisco Castellano, en el Estadio de Gran Canaria. | | ANDRÉS CRUZ

El Cabildo de Gran Canaria ha frenado el nombramiento de la nueva directora gerente del Instituto Insular de Deportes (IID) al detectar varias irregularidades en el concurso público y en la propuesta realizada por el consejero de Deportes, el socialista Norberto Francisco Castellano, entre ellas algunas que podrían ser denunciadas por la vía penal, según han revelado las fuentes consultadas.

La propuesta de designación de María de los Ángeles Ramos Guillén como gerente del Instituto se incluyó en el orden del día del Consejo de Gobierno Insular del pasado 29 de diciembre, convocado de forma extraordinaria y urgente para autorizar la compra de las participaciones del Sepes en el Polígono de Arinaga. Sin embargo, el gabinete de Antonio Morales optó por dejar sobre la mesa ese nombramiento ante las dudas sobre su legalidad.

Fue la propia dirección insular del PSOE, según las mismas fuentes, la que mandó paralizar el expediente elevado por Castellano al Consejo de Gobierno, entre otras cuestiones al sospechar que la persona elegida por el responsable de Deportes pertenece al mismo despacho de abogados que elaboró el informe externo para despedir a la anterior gerente de ese organismo, Carmen Santana, después de que esta última denunciara presuntos delitos en las decisiones del actual consejero.

Ese despido está aún pendiente de la sentencia de los tribunales laborales, cuyo juicio fue en el mes de marzo. La denuncia en Fiscalía fue archivada.

La convocatoria y las bases del concurso público para cubrir esa plaza, vacante desde el despido de Carmen Santana, se publicaron en el Boletín de la Provincia el 1 de octubre y ya generó recelos entre los aspirantes porque en el expediente administrativo no se justificaron los motivos para excluir a los poseedores de una serie de titulaciones que anteriormente sí podían concurrir.

Expediente

Esta anomalía fue objeto de solicitud de información en el transcurso del expediente de selección por parte de uno de los candidatos, al que no se dio respuesta por parte del presidente del IID, lo que puede provocar un efecto de nulidad. Tampoco se argumentaron los motivos que han llevado a cambiar o apartarse del criterio seguidos para el perfil del candidato en anteriores convocatorias, siendo objeto de la presentación de un recurso al que tampoco se dio respuesta, continuándose por parte del consejero de Deportes con el procedimiento.

Todo parece encaminado, según las mismas fuentes, a impedir la libre concurrencia de otros titulados en el proceso selectivo, cuestión de dudosa legalidad. También se suprimieron requisitos recogidos en las bases de anteriores concursos para cubrir ese puesto, como la obligatoriedad de tener cinco años de experiencia en la Administración Pública.

Como ha ocurrido con anteriores nombramientos denunciados por los sindicatos del Cabildo, algunos de ellos ya anulados por los tribunales y otros pendientes de sentencia firme, en este caso se trataría de crear «un traje a medida» para nombrar a una determinada persona, elegida de antemano, apartándose de los principios de libre concurrencia y objetividad en el proceso de selección para los directivos públicos.

En concreto, según las fuentes consultadas, se han detectado dos incumplimientos de las propias bases de la convocatoria, en las cláusulas cuarta y octava. Así, en la cuarta se estipula que las personas interesadas en participar «deben cumplir las siguientes condiciones: ser funcionario de carrera o personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados en el Subgrupo A1. O bien, ser profesionales del sector privado con más de cinco años de ejercicio profesional en puestos de responsabilidad en la gestión pública y/o privada que estén en posesión de la titulación que habilite para el acceso a los cuerpos y escalas clasificados en el mencionado Subgrupo A1».

Lo único que exige la convocatoria es tener cinco años de experiencia en puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada. La candidata propuesta, según las mismas fuentes, no cumple con el requisito de esta primera condición recogida en las bases de la convocatoria y únicamente acredita el ejercicio profesional como abogada de un despacho privado, la firma Milicua,incumpliéndose igualmente con el criterio de experiencia profesional en puestos de dirección o gerencia en organizaciones del sector público o privado recogido en la convocatoria.

En la cláusula octava se establece que el plazo de resolución del procedimiento será de dos meses, contado desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de instancias, pudiendo ser prorrogado por otros dos meses. El plazo de 10 días hábiles para concurrir a la convocatoria finalizó el 18 de octubre. Por tanto, el plazo para la resolución del expediente finalizó el pasado 18 de diciembre, pues no consta en el expediente el decreto de ampliación del mismo, ni su publicación respecto a terceros.

El expediente se presentó al Consejo de Gobierno para su debate más que caducado, una de la razones para dejarlo sobre la mesa. Además, los últimos párrafos de la cláusula Sexta de la convocatoria indican que la resolución del nombramiento «se motivará con referencia al cumplimiento por parte de la persona seleccionada de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, así como su idoneidad y adecuación al cargo», cuestión sobre la que existen dudas.

Puesto que el Consejo de Gobierno no ha aprobado ninguna resolución en el plazo de dos meses, las mismas fuentes entienden que todo el procedimiento está ya caducado al no haberse publicado una posible prórroga en el Boletín.

Los interesados en concurrir a esa plaza también critican la falta de transparencia en el proceso, pues no se puede encontrar ninguna información en la web de Deportes. Solo existe la publicación de listados provisionales de admitidos en el tablón de anuncios del IID, pero no los provisionales ni definitivos en el tablón de anuncios, ni la publicación de los currículum en el portal de la Consejería al objeto de incrementar la transparencia en el proceso selectivo y el derecho de igualdad en el acceso a las funciones y cargos públicos, como resulta obligado desde las propias bases.

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