El Ayuntamiento de Mogán multará con 500 euros a los menores de 15 años que transiten en patinete eléctrico por las aceras y espacios públicos del municipio. Se trata de una sanción tipificada como grave que lleva aparejada la retirada del vehículo recogida en la nueva ordenanza que regula la circulación de peatones, bicicletas, ciclomotores y vehículos de movilidad personal, y que tiene previsto aprobar de forma provisional en el Pleno de este viernes el grupo de gobierno que lidera Onalia Bueno

La normativa tiene como objetivo, según explica el concejal de Urbanismo y Seguridad Ciudadana, Mencey Navarro, compatibilizar el tránsito peatonal por las calles con la utilización de estos medios de transportes, y surge a raíz de los problemas que está ocasionando el incremento del uso por parte de los jóvenes de los patinetes eléctricos para circular por las aceras y espacios públicos. Navarro señala que si bien establecer las normas para circular con los patinetes que alcanzan una velocidad de 25 kilómetros por hora es lo que motiva la ordenanza, se ha aprovechado para fijar las condiciones generales de uso de bicicletas, ciclomotores, patines y vehículos de movilidad personal, que en caso de no cumplirse conllevan la aplicación de sanciones que van de los 100 a los 500 euros en función de que se consideren leves, graves o muy graves. 

Así se tipifica como muy grave circular en sentido contrario con patinete, una maniobra que los jóvenes hacen con frecuencia para sortear muchas veces una vía empinada porque el motor no tiene potencia suficiente, y se convierte en una infracción que se sanciona con 500 euros.  

 También se prohíbe circular con cascos de audio, aparatos receptores o reproductores de sonido que disminuyan la atención en la conducción, así como usar dispositivos móviles, y todas estas situaciones en las que suelen incurrir cada día aquellos que disponen de este vehículo se consideran como graves por lo que los agentes locales pueden imponer multas de 200 euros. Es obligatorio llevar un casco y una prenda reflectante, situaciones que de no respetarse conllevan igualmente una multa de carácter grave. 

Tampoco pueden transitar con estos vehículos por las aceras como ocurre con las bicicletas, a excepción de que haya un carril bici, aunque en caso de no hacerlo se impone solo una sanción leve. 

Para lo que se mueven bicicletas se contempla como muy grave circular en sentido contrario, superar las tasas de alcohol establecidas, la tenencia de drogas, y no cumplir con las normas que tienen que seguir todos los conductores de vehículos en caso de accidentes de tráfico. A su vez se recoge como grave llevar a un niño de hasta siete años en un asiento adicional no homologado, y que un menor transporte a otro menor. 

También se recogen en esta ordenanza municipal, que tras pasar por el Pleno deberá superar la fase de alegaciones para su aprobación definitiva, las normas que deben cumplir todas las empresas que se dedican al alquiler de patinetes. En este caso además de abonar multas de 500 euros en los casos en los que no faciliten los elementos de seguridad a los clientes, o bien permitan que los utilicen personas no autorizadas; y no dispongan del seguro de responsabilidad civil que cubra los daños a terceros, los agentes pueden retirarles los vehículos y aplicar además la normativa estatal de Tráfico y Seguridad Vial.