La Audiencia Nacional ha vuelto a denegar las medidas cautelares que solicitó la empresa Puerto Rico S. A. para evitar la devolución del negocio de los servicios de temporada de la playa entre tanto que la Dirección General de la Costa y del Mar, organismo dependiente del Ministerio y Transición Ecológica y Reto Demográfico, resuelve el expediente en el que solicitaban una prórroga de 25 años en la concesión de la cala moganera. Un auto de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional de 5 de julio de 2022, al que ha tenido acceso este periódico, ha desestimado el recurso de reposición que interpuso la entidad Puerto Rico S.A. contra el auto provisional de fecha de 28 de octubre de 2021, que ahora confirma en su integridad.

Desde la sociedad Puerto Rico S.A. insistían ayer en que todavía siguen a la espera de que la Audiencia resuelva el recurso contra la denegación de la prórroga de la concesión , y que debido a que no han obtenido respuesta alguna es por lo que solicitaron en su día la aplicación de las medidas cautelares. Al mismo tiempo el Ayuntamiento de Mogán ha solicitado a Costas hacerse con la concesión para gestionar los servicios de hamacas y sombrilla de la playa.

Puerto Rico S.A., empresa que promovió la construcción de esta playa artificial así como el puerto deportivo y toda la urbanización turística, que levantó en este barranco de Mogán, un modelo que trasladó a Amadores, gozaba de la concesión de los servicios de temporada desde 1972 por un periodo de 50 años según defienden desde la concesionaria. Sin embargo, Costas considera que los permisos para seguir con la gestión de las hamacas, sombrillas, y los negocios de esta cala expiraban en 2018, y en base a esto actuó la Demarcación de Canarias cuando el 24 de noviembre de 2021 firmó con representantes de la propia compañía la reversión de la playa a manos públicas.

En esta resolución, contra la que cabe recurso de casación en el plazo de unos 30 días, la magistrada Begoña Fernández Dozagarat sostiene que el auto impugnado expresa «con claridad» que los perjuicios que alega el recurrente para lograr la prórroga de la concesión de la playa «son invocados de manera genérica» y que aunque argumenta que podía verse afectada el uso de la playa, los servicios de hamacas y sombrillas, las otras instalaciones como el puerto, y que el fin de la concesión supondría a su vez la pérdida de empleos, estas «genéricas alegaciones no pueden prevalecer frente al interés general».

La disputa entre la empresa que explota los negocios de la playa de Puerto Rico y Costas arranca desde hace dos años. En septiembre de 2020, la Dirección General de la Costa y el Mar denegó ya la prórroga de explotación que solicitó esta entidad en base a que entendía que había ocupado unos 1.865 metros cuadrados de dominio público marítimo terrestre más allá de la concesión, lo que suponía que todo este espacio se privatizara cuando, tal y como remarca la Orden Ministerial, todo este suelo debía haberse destinado a servicios públicos.

A raíz de esto, Puerto Rico S.A. interpuso un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo solicitando la aplicación de medidas cautelares para de esta forma detener la reversión de la concesión hasta que hubiera un pronunciamiento de dicha Sala. Finalmente, el 28 de octubre de 2021 la Audiencia Nacional emite un auto que deniega la petición a Puerto Rico S.A. de ampliar la concesión, y por tanto el derecho de explotación por parte de esta empresa sobre la playa se da por finalizado. Es este auto el que recurre la empresa, y que ahora ha vuelto a desestimar esta Sala.

Aunque a raíz de la firma de la reversión de la playa la empresa retiró las hamacas y sombrillas, ante las quejas de los empresarios que denunciaron que justo cuando empezaba a reactivarse el turismo no se podían suprimir estos servicios, la entidad Puerto Rico optó por volver a colocar tumbonas y parasoles aún arriesgándose a que le impusieran una multa.