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Norte | Plan territorial Parcial de Ordenación del Litoral Arucas - Moya - Guía

El Plan del Litoral del Norte carga sobre los alcaldes el realojo de 300 familias

El Gobierno del Cabildo rechaza las enmiendas de Moya y defiende que el trazado de la ‘macroautovía’ es el menos dañino

Vista general de la costa de Moya y Guía, con la actual carretera del norte. R. F.

El Plan Territorial Parcial del Norte (PTP-15) carga sobre los ayuntamientos la búsqueda de suelo para el realojo de las cerca de 300 familias afectadas por la ocupación de suelo de dominio público en los núcleos costeros de Quintanilla, San Andrés (Arucas), El Pagador (Moya) y San Felipe (Guía). El grupo de Gobierno en el Cabildo de Gran Canaria rechaza las enmiendas presentadas por el ayuntamiento moyense a través del Partido Popular (PP) en la institución insular, en el que mostraba también su oposición a la construcción de una ‘macroautovía’ de hasta 10 carriles, así como la alegación de Unidos por Gran Canaria-Coalición Canaria.

Los redactores del documento que hoy se lleva a su aprobación recriminan a Moya, que defendió con sus alegaciones el PP en la oposición en el Cabildo, que «los alegatos de cada una de las cuatro enmiendas, dicho sea en términos de absoluto respeto, es desordenada y repetitiva en algunos casos, y, en ocasiones, ajena o incoherente con la conclusión última planteada». Además, cuestiona su falta de concreción. Y entrando en el fondo, defienden el trazado de la nueva autovía bajo cinco criterios:

Legales. «No puede obviarse ese criterio de apoyarse en infraestructuras ya existentes, toda vez que la superficie de territorio es un valor escaso en Canarias. De hecho, este criterio fue base para la anulación del Plan Territorial Especial de Infraestructuras Viarias del Norte».

Ambientales. «El trazado en túnel, de aproximadamente un kilómetro, afectaría al Parque Rural de Doramas en mayor medida que la solución recogida en el PTP-15, al perforar el macizo Lomo Los Blanquizales». A esto se suma que la Comisión de Ordenación del Territorio (Cotmac) ya informó desfavorablemente al túnel entre el barranco de Azuaje y el de El Pagador.

Territoriales. «El corredor de alta velocidad debe ser compatible con la ordenación territorial... Destaca la recuperación del borde litoral (como aplicación de la Ley de Costas de 1988 y del deslinde de la Zona Marítima Terrestre practicado) y la creación de un corredor que una los núcleos costeros del ámbito del PTP-15 y que se define como «eje verde estructurante». Y que el corredor de tráfico de paso no supone una barrera a la convivencia. En este sentido, la respuesta a las enmiendas recoge que «la aplicación de la Ley de Costas de 1988 supone la afección a las viviendas existentes en el borde litoral, algunas de ellas situadas en dominio público marítimo terrestre y otras localizadas en la franja destinada a servidumbre de tránsito. En ambos casos, la afección producida es independiente de la ordenación que pueda proponer el PTP15. Simplemente es la aplicación de una Ley estatal».

En este punto ahonda en la situación particular de los tres municipios afectados por la nueva planificación. De Arucas señala que, «habida cuenta del número de viviendas situadas en la zona de servidumbre de tránsito y del grado de consolidación de la edificación (Quintanilla, San Andrés), es necesaria la expansión del núcleo urbano al otro lado de la actual autovía (GC-2), para permitir el realojo de las viviendas afectadas por la Ley». Por ello, «se propone la recualificación del viario actual en eje verde estructurante mientras que el corredor para tráfico de paso se sitúa en el lado de tierra del nuevo suelo urbanizable».

De Moya se especifica que «la cercanía de la GC-2 a los suelos urbanos y urbanizables preexistentes (El Pagador-El Altillo) crea unas condiciones de peligrosidad que deben ser evitadas, alejando el tráfico de las viviendas colindantes, mediante la introducción de una vía de servicio entre la carretera de alta velocidad, o corredor de paso, y las viviendas. Esta vía de servicio debe tener continuidad con el eje verde estructurante de Arucas. Sin embargo, existen dos diferencias remarcables: en el caso de Arucas, apenas hay solares vacantes. Pero en Moya, existen suelos urbanizables por desarrollar, que en estos momentos están vacíos».

En el caso de Guía, los nuevos suelos destinados al realojo de las viviendas de San Felipe afectadas por la Ley de Costas discurren a una gran distancia de la GC-2.

El mantenimiento de un túnel es 10 veces más caro

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Sectoriales. El trazado bajo túnel que reivindica Moya encuentra dificultades con la cercanía del enlace de El Pagador. Y construir los túneles, alegan, son mucho más complejos que las instalaciones de un tramo a cielo abierto.

Financieras. El presupuesto para la ejecución de un tramo en túnel es mayor que otro a cielo abierto. Y los costes de mantenimiento son 10 veces mayores.

Pardela cenicienta. El Plan Territorial se compromete a restaurar con criterios paisajísticos y funcionales la cubierta vegetal de las áreas afectadas por las obras sobre la pardela cenicienta. Y, como medida adicional, propone la redacción durante el proyecto constructivo de un estudio detallado que analice medidas compensatorias. Entre ellas, la posibilidad de la excavación artificial de huras para que aniden las pardelas, en esta zona de especial sensibilidad.

«La afección de las viviendas no es excesivamente drástica ni real, ya que no es nuevo»

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Traslado de vecinos. En cuanto al realojo de viviendas, el documento reconoce que la recuperación del borde del litoral implica la afección de un número de viviendas a determinar por el planeamiento urbanístico, aunque se estima en unas 300 (129 en Arucas, 88 en Moya, y 49 en Guía). «Conviene aclarar que, ante la creencia de que la afección es excesivamente drástica, no se corresponde en absoluto con la realidad, toda vez que, las afecciones sobre dichas propiedades no son nuevas. Son las que resultan objetivamente de la aplicación de la Ley de Costas», según los redactores. En este sentido, se plantea la conveniencia de que el planeamiento municipal proponga soluciones urbanísticas específicas, y que se provean los suelos que permitan el realojo de los afectados. Este aspecto ya fue criticado por Moya, que hablaba del enorme coste que supone para el ayuntamiento, al que se le delega toda esta responsabilidad.

El interés general de disfrutar del mar, en detrimento del particular

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Unidos por Gran Canaria. La enmienda presentada por Unidos por Gran Canaria–Coalición Canaria propone que se tome una alternativa de las estudiadas que prevé un menor impacto en los traslados. En la respuesta, el Cabildo recurre a la Ley de Costras otra vez para apuntar que «el fenómeno de destrucción y privatización del litoral, que amenaza extenderse a toda su longitud, exige de modo apremiante una solución clara e inequívoca, acorde con la naturaleza de estos bienes, y que, con una perspectiva de futuro, tenga como objetivos la defensa de su equilibrio y su progreso físico, la protección y conservación de sus valores, el aprovechamiento racional de sus recursos, la garantía de su uso y disfrute abierto a todos, con excepciones plenamente justificadas por el interés colectivo y estrictamente limitadas en el tiempo y en el espacio, y con la adopción de las adecuadas medidas de restauración».

Arucas y Moya, al juez


El alcalde de Arucas, Juan Jesús Facundo, recordó ayer que «Arucas también recurrirá a los tribunales el PTP-15 en caso que se vean perjudicados nuestros vecinos», añadiendo que «no dejaremos de lado a los vecinos de la costa». Y recuerda que así se aprobó por unanimidad el 29 de julio en una declaración institucional sobre el PTP-15. La misma salida encuentra el alcalde Moya, Raúl Afonso, que considera que el nuevo documento bloquea el desarrollo de su litoral, ocasiona un daño medioambiental y deja en manos de los ayuntamientos el coste social y económico de los realojos, además de la presencia de una ‘macroautovía’. Las tres enmiendas del Gobierno (NC, PSOE y Sí Podemos) fueron las únicas aceptadas, y solo recoge una corrección de errores y eleva el plazo para la ejecución del nuevo planeamiento, que antes se había fijado en ocho años y ahora queda sujeto al acuerdo entre Administraciones. Y se abre la mano en el periodo transitorio, que era de 12 meses máximo. | J. B.

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