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Infecar sostiene que el despido de su exjefe de Negocio Internacional ya está avalado por la ley

El Cabildo afirma que los jueces han rechazado todas las demandas del exdirectivo, que reclama 250.000 euros y la reincorporación a la plaza

Vista de los pabellones de la Institución Ferial de Canarias (Infecar) José Carlos Guerra

Los responsables de la Institución Ferial de Canarias (Infecar) sostienen que la demanda interpuesta por el exdirector de Negocio Internacional de ese organismo es «infundada» y aseguran que así lo han determinado ya varias instancias judiciales al rechazar todas las anteriores denuncias de J.M.M.T., quien ahora reclama al Cabildo de Gran Canaria una compensación económica de 250.000 euros por la «vejación» sufrida con el despido y la reincorporación a ese puesto de trabajo. 

El gobierno insular emitió este lunes un comunicado, en referencia a la información sobre la demanda judicial del exdirectivo de Infecar, y manifestó que «se trata de una nueva acción que se une a las múltiples acciones presentadas con anterioridad y carentes de fundamento, tal y como ha quedado demostrado en diferentes resoluciones y sentencias».

El último recurso contencioso administrativo del antiguo jefe de Negocio Internacional, según se detalla en esa nota, se interpone contra la resolución de inadmisión del recurso de alzada de fecha 13 de enero de 2022, que «constituye una acción infundada a fin de intentar que se reconozca la invalidez del despido y finiquito suscrito por el recurrente en 2018 y que ha sido invocado en distintas ocasiones y por distintos medios sin éxito».

El gobierno insular señala que «estos hechos parten de la reclamación de J.M.M.T. de falta de competencia del director general de Infecar para su despido, que deriva de la falta de competencia, a su vez, del presidente del Consejo Directivo para otorgar el poder que contiene el Acta Notarial del 14 de marzo de 2017». 

Dicha Acta es un poder notarial que se otorga por el presidente del Consejo Directivo a todos los directores generales y en el que se concretan las facultades de éstos, entre las que se incluyen las de contratar y rescindir contratos laborales. «Desde su despido el 26 de octubre de 2018 y hasta ahora, J.M.M.T. ha presentado numerosos escritos, recursos y demandas, tanto en vía judicial como administrativa, que han sido desestimados, rechazados o inadmitidos», asegura el comunicado. 

«Una vez que J.M.M.T. había suscrito voluntaria y libremente la carta de despido y su indemnización oportuna, formuló demanda de juicio ordinario por despido contra Infecar», argumenta el Cabildo. Una sentencia del Juzgado de lo Social número 7 de Las Palmas desestimó la demanda y absolvió a Infecar. El TSJC y el Tribunal Supremo confirmaron esa resolución judicial. Otras acciones por vía penal o administrativa fueron desestimadas. En la carta de despido se detalla que «la dirección de Infecar ha analizado el desempeño durante estos meses del puesto de director de Negocio Internacional y el resultado de ello es que no se han cumplido las expectativas existentes en el momento de la creación del puesto».

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