San Bartolomé de Tirajana

El centro comercial El Tablero gana 14 locales en los almacenes de la planta baja

El promotor suma 4.582 metros cuadrados de superficie de ventas y abona 107.509 euros

El centro comercial El Tablero.

El centro comercial El Tablero.

El centro comercial El Tablero ganará unos 4.582 metros cuadrados como superficie comercial pagando 107.509 euros en concepto de plusvalías al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana por el aprovechamiento de lo que en su día se catalogó como espacio para almacenes.

Para llevar a cabo esta operación con la que esta gran superficie contará así con 14 nuevos locales comerciales, el grupo de gobierno modificó los artículos 17 y 49 de la normativa del Plan General de Ordenación Urbana de 1996 a instancias del promotor, al objeto de cambiar el uso terciario de los locales que se encuentran bajo rasante. De esta forma el centro comercial pasará a tener 12.682 metros cuadrados, por lo que deberá contar con licencia comercial del departamento de Comercio del Gobierno canario.

Con el objetivo de dar vía libre a la propuesta del promotor Gestiones de Propiedades El Siglo S.L., el grupo de gobierno municipal de San Bartolomé de Tirajana tiene previsto aprobar en el Pleno hoy el uso comercial de los almacenes de la planta baja del centro El Tablero.

Un informe de los servicios jurídicos de Urbanismo advierte que el informe utilizado por la Oficina Técnica para valorar ese suelo «no puede considerarse válido para cuantificar el incremento patrimonial». El asunto se aborda por la vía de urgencia después de que el expediente llevara paralizado desde agosto de 2022 y sin el dictamen de la Comisión Informativa, en la que están representados todos los grupos políticos.

El valor que han puesto los técnicos municipales, tal y como reflejan en sus informes la geógrafa y el secretario accidental, a este suelo se sitúa en 469,23 euros el metro cuadrado.

En base a esta valoración, la suma de los 14 locales de los sótanos que pasan a tener uso comercial alcanzan un valor total de 2.150.180 euros, cifra sobre la que el promotor tendrá que abonar el 5% en plusvalías y no el 15% como consideran los servicios jurídicos de Urbanismo en base a la Ley del Suelo.

En este sentido, destaca que el artículo 54 de la citada norma, referido a los deberes de los propietarios en actuaciones de dotación, deja claro que «en la cesión de suelo obligatoria y gratuita el concepto de participación en las plusvalías es del 15% en aquellas actuaciones con incremento de edificabilidad».

Puntualiza el informe que el objeto de convenio que suscribe el promotor de El Tablero con el ayuntamiento para convertir los almacenes de la planta bajo rasante en locales comerciales supone modificar el uso de una edificación a uno de mayor intensidad económica lo que «significa incrementar el valor patrimonial del propio inmueble al conferirse un uso de explotación con más valor de mercado».

A este respecto, advierte hay que aplicar un método más preciso de comparación con el valor del mercado que entre otros suponen ver el régimen urbanístico, su situación respecto a la trama urbana, las comunicaciones, e infraestructuras básicas, su tamaño y los aprovechamientos susceptibles de implantación.

A su vez el informe insiste en los efectos que este cambio de uso y de incremento patrimonial va a suponer no solo para el promotor del centro comercial El Tablero sino que este caso concreto puede ser utilizado en un futuro por otras entidades que van a plantear al Ayuntamiento suscribir «un convenio idéntico» en almacenes de su propiedad.

Otra de las cuestiones que valora es que en la cantidad que debe a abonar a la comunidad, es decir a los vecinos de San Bartolomé de Tirajana, se debe tener en cuenta el interés general de tal forma que si el convenio extralimita las competencias municipales y el mercado legal se estaría incurriendo en una nulidad del convenio y quedaría sin validez.

Pese a esto, el compromiso de Gestiones de Propiedades El Siglo recogido en el convenio con el Ayuntamiento que se tramita bajo el expediente 1832/2021 señala que esta empresa tiene que abonar en plusvalías 107.609 euros que salen de fijar un 5% a la cantidad que resulta de establecer para los 4.582 metros cuadrados un valor de 469,23 euros por metro, lo que supone un total de 2.150.180. euros.

Si bien en su informe la geógrafa del Ayuntamiento señala que en caso de que se entienda que es un aumento de la edificabilidad y que el porcentaje de aplicación es del 15% la cantidad sería de 322.527 euros por lo que existe una diferencia de 215.018 euros a abonar por el promotor, finalmente ustifica que a la hora de poner valor a esos 4.582 metros comerciales ha tomado como referencia el valor del suelo de El Hornillo (sector 20A) que es de 625,65 euros por metro cuadrado. Esta técnica municipal aplica a este valor un coeficiente de ponderación del 0,75 y es asi como salen los 469,23 euros por metro cuadrado. La misma interpretación hace el secretario accidental que concluye que en el cambio de uso de almacenes a comercial cabe aplicar el porcentaje del 5% de la valoración que aporta el promotor, mientras que no hay informe de Intervención.

El convenio tampoco carece del informe del área económica, siendo obligatorio al contemplar ingresos patrimoniales a favor del Ayuntamiento, según los técnicos municipales.

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