El director general del Grupo Cordial, Nicolás Villalobos, sostuvo este sábado que la justificación utilizada por Cementos Especiales de las Islas (Ceisa) para mantener la concesión del puerto de Santa Águeda, en la que defendió que está amparada por la concesión minera de la cantera de San José, no es válida y es «un imposible». «Los títulos concesionales entre el puerto y la cantera no prevén que la concesión del puerto esté amparada por la de minas, cosa que no podría haber sido en ningún caso porque la concesión del puerto de 1972 que ellos [Ceisa] alegan es anterior a la concesión de minas del 28 de agosto de 1978 -y prorrogada por 30 años más en 2016-, por lo que anterior no puede estar amparado por lo posterior; es un imposible», señaló el empresario turístico, con intereses en Santa Águeda, en declaraciones a este periódico.Y va más allá, pues estima que aún si se considerase subordinada la concesión anterior a la posterior, la solicitud de renovación "se habría hecho de forma extemporánea porque se hizo en 2021, después del vencimiento de la concesión en marzo de 2020" y sostiene que la autorización minera es "nula de pleno derecho porque se solicitó sin respetar los plazos, y siendo nula no puede desplegar efectos".
Villalobos replica así un día después de que el viernes el coordinador general de Ceisa, Claudio Piernavieja, reivindicase el «derecho» de la compañía a que Puertos Canarios le otorgue la concesión industrial sobre el puerto y que éste no cambie su uso a deportivo, como anunció el consejero regional de Obras Públicas, Pablo Rodríguez. Piernavieja aludió al artículo 66.3 de la ley de Costas que establece que «cuando el objeto de una concesión extinguida fuese una actividad amparada por otra concesión de explotación de recursos mineros o energéticos otorgada por la Administración del Estado por un plazo superior, su titular tendrá derecho a que se le otorgue una nueva concesión de ocupación del dominio público marítimo-terrestre por un plazo igual al que reste de vigencia a la concesión de explotación». Y la concesión sobre la cantera expira en 2046, de ahí que Ceisa solicitase en 2021 una concesión sobre el puerto por 25 años.
Alegaciones
Pero Villalobos considera que ambas concesiones no están relacionadas y sostiene que el responsable de la cementera «cuenta una versión de las cosas que es absolutamente falaz». El empresario sustenta su argumento en un informe elaborado por dos expertos de la Universidad de La Laguna, el catedrático de Derecho Administrativo Francisco José Villar Rojas y el profesor titular de ese departamento Andrés González Sanfiel, quienes tras analizar todos los títulos concesionales concluyeron que no había una vinculación de accesoriedad entre ambos.
Los argumentos esgrimidos por los dos profesores fueron incorporados en las alegaciones que Propiedades Cordiales y la FEHT presentaron contra la resolución del 17 de Octubre de 2022 en la que Puertos Canarios abría un expediente de nueva concesión con base en una concesión minera, cuya vinculación, para Piernavieja, «ha quedado plenamente demostrada».
En el dictamen, Villar y González sostienen que «el requisito legal es claro: el objetivo de la concesión de dominio público debe ser una actividad amparada por un título habilitante para la extracción de recursos minerales o para usos energéticos o industriales. Esta identidad entre el objeto de la concesión y la actividad autorizada debe tener reflejo en las bases de ambas concesiones. Es esa vinculación la que permite hablar de accesoriedad». Sin embargo afirman que «ninguno de los actos administrativos que han legitimado las obras y la explotación del puerto lo identifican o vinculan con una actividad de explotación de recursos minerales». «La concesión minera, así como la prórroga de ese título, se tramita ante la autoridad minera de manera autónoma e independiente de la existencia de la concesión portuaria, sin que en la misma se haga la más mínima mención al título de ocupación del demanio portuario. En consecuencia, aunque las actividad minera y la portuaria pudieran estar relacionadas, ninguna de los títulos dependen recíprocamente el uno del otro, requisito imprescindible para que pueda hablarse de accesoriedad [...] Los títulos concesionales, portuario y minero nunca se han vinculado recíprocamente, no se citaron mutuamente para poder intuir la existencia de una accesoriedad».
El coordinador de Ceisa, Claudio Piernavieja, sostuvo el viernes que el expediente de Puertos Canarios «está bien armado», cuenta con todos los expedientes y la concesión «está lista para ser otorgada».