Santana Cazorla sufre un nuevo revés judicial en los pleitos de Anfi

La Audiencia Provincial desestima el recurso contra la aprobación del concurso necesario de acreedores de las empresas del 'time-sharing'

Complejo turístico de Anfi del Mar, en el municipio de Mogán.

Complejo turístico de Anfi del Mar, en el municipio de Mogán. / LP/DLP

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha dado un nuevo varapalo a los herederos del empresario Santiago Santana Cazorla al desestimar el recurso de apelación de la entidad Gestiones y Explotaciones Narval, una de las filiales de ese grupo turístico, contra la sentencia del Juzgado de lo Mercantil Número 1 que aprobó la propuesta de convenio de acreedores de las sociedades Anfi Sales y Anfi Resort, lo que supone, según admitió el propio Santana Cazorla, la práctica desaparición de esa compañía hotelera nacida del sur de Gran Canaria hace 50 años.

En una sentencia firmada el pasado 24 de enero, con el presidente de la Sala Juan José Cobo Plana como ponente, la Audiencia Provincial impone las costas a la empresa de la familia Santana Cazorla, reprocha su forma de actuar en los procedimientos judiciales y solo le deja la salida de recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.

La sentencia reprocha al grupo empresarial de Santana Cazorla un «manifiesto abuso» de los procesos judiciales

La sentencia señala en su primer fundamento de derecho que el recurso de apelación interpuesto por el grupo Santana Cazorla se debe desestimar por entender la Sala que «tanto las demandas de oposición a la aprobación al convenio de acreedores de Anfi Resort y Anfi Sales, presentadas por Equipo Diez de Gestión Inmobiliaria y por Gestiones y Explotaciones Narval, como la interposición del recurso de apelación contra la sentencia de instancia interpuesto por esta última sociedad incurren en un manifiesto abuso del proceso».     

Acreedores

La Sala comparte «plenamente» la sentencia del Juzgado de lo Mercantil cuando afirma que «debe tenerse en cuenta que los acreedores impugnantes son titulares de créditos de escasa cuantía en relación con el pasivo total computado a efectos de voto». 

Así, en relación con el concurso de Anfi Resort, la sociedad Equipo Diez, también ligada al grupo hotelero liderado por Santana Cazorla, «titula un crédito por importe de 77,67 euros, lo que supone que la impugnante representa un 0,000 % del pasivo de Anfi Resorts que se consideró para aprobar el convenio de acreedores, un total de 107.169.370 euros».

Respecto al concurso de Anfi Sales, «Equipo Diez titula un crédito por importe de 4.137 euros y Narval otro por importe de 102,72 euros». En total, recuerda la sentencia, «los impugnantes suman un importe de 4.239,72 euros, lo que representa un 0,003 % del pasivo de Anfi Sales que se ha considerado para aprobar el convenio, 127.729.699 euros» 

«Por tanto», sostiene, «no está de más plantearse si es lícito y conforme a la buena fe que, en unos concursos con los pasivos que acaban de mencionarse, unos acreedores que suman un porcentaje tan ínfimo en relación con el total del pasivo afectado por el convenio puedan oponerse a la aprobación de una propuesta de convenio que ha obtenido la adhesión de un 73,02 % del pasivo, en el caso de Anfi Resorts, y el 73,77%, en el caso de Anfi Sales».

Ese porcentaje, además, debe verse incrementado en la suma total de los créditos correspondientes a los titulares de derechos de aprovechamiento por turnos que instaron la nulidad de sus contratos, y que inicialmente se oponían a la aprobación del convenio, pero han desistido de sus acciones, así como de los incidentes concursales de nulidad, adhiriéndose a la propuesta de convenio.

Aunque tales adhesiones se hayan hecho fuera de plazo, la Sala considera que «no puede desconocerse que, a los efectos de resolver la oposición formulada, deben ser ponderadas, dado que elevan el porcentaje del pasivo que está a favor de los convenios a más de un 90%».

La sentencia desestimatoria también tiene en cuenta la contestación a la demanda de los acreedores afectados por la nulidad de los contratos de time sharing, en el sentido de que «debe evitarse el abuso de derecho, haciendo prevalecer, por un lado, el interés de los acreedores, que es ver satisfechos en lo posible sus créditos, y por otro lado, el interés de los empleados y proveedores, que se cifra en el mantenimiento de las relaciones contractuales, y, por último, el interés de la propia concursada, consistente en la continuidad de su actividad empresarial como el mejor medio para satisfacer los créditos».

La sociedad Narval intentó bloquear los concursos pese a disponer de solo el 0,003% del capital

El ponente también destaca que «a lo largo de ambas demandas incidentales en ningún momento se hace referencia a los acreedores concursales y a los supuestos perjuicios que se les ocasiona con el convenio al que se oponen, siendo el sustrato de toda la impugnación la defensa de los intereses de una parte del capital social de uno de los socios de las concursadas, Grupo Santana Cazorla, que representa el 50 % del capital social de Anfi Sales y Anfi Resort, sociedad que se halla en causa de disolución debido a la evidente situación de bloqueo que existe en aquella, por lo que además la oposición afectaría en realidad al 25 % del capital social de las concursadas». 

A juicio de los magistrados, «lo que es más curioso» es que en ningún momento de esas demandas se dice que la oposición al convenio por parte de ese 0´003% «sea para protegerse a sí mismos y sus créditos (lo cual sería respetable, pero sucede que ya tienen consignados judicialmente esos créditos), o para proteger a los demás acreedores (incluidos el 90% que está conforme con el convenio)». Y se preguntan: «¿De verdad el derecho concursal ampara una situación como ésta?». 

Las sociedades Anfi Sales y Anfi Resort fueron declaradas conjuntamente en situación de concurso de acreedores el 20 de septiembre de 2021 y para poder continuar las empresas con su actividad ordinaria resulta necesario poder alcanzar con los acreedores un convenio de pagos mediante el que se reestructure su deuda, posibilitando con ello la viabilidad de las compañías.

Camino a la desaparición

Santiago Santana Cazorla, que reside actualmente en Marruecos, consideró el 4 de junio de 2024, al confirmarse el concurso de acreedores, que su grupo empresarial iba camino «a la desaparición total». Esta sentencia ahonda en la crisis de la sociedad que lideran sus hijos y facilita la continuidad de los proyectos en Anfi tras el acuerdo de su hermano, Manuel Santana Cazorla, con el grupo turístico Ifa. 

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