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Quince años de prisión para un vecino de Mogán por abusos sexuales a su hijo y a sus siete sobrinos

El acusado reconoce los hechos y pacta un acuerdo de conformidad con las víctimas por las agresiones que se extendieron durante 19 años

El penado por abusos sexuales a ocho familiares, de espaldas, este martes en la vista ante la Audiencia Provincial.

El penado por abusos sexuales a ocho familiares, de espaldas, este martes en la vista ante la Audiencia Provincial. / B. M.

Benyara Machinea

Benyara Machinea

Las Palmas de Gran Canaria

El vecino de Mogán que abusó sexualmente de su hijo y de sus siete sobrinos en los momentos en los que los menores pernoctaban en su domicilio deberá cumplir una condena de 15 años de cárcel. En la vista oralcelebrada este martes en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, el acusado J. A. A. ha reconocido los hechos, que se extendieron durante 19 años, y ha alcanzado un acuerdo con las víctimas.

El magistrado ponente, Miguel Ángel Parramón, dictó una sentencia a viva voz en los términos de la conformidad alcanzada por las partes, que incluye el pago de indemnizaciones por valor de 20.000 euros a los sobrinos del encausado y de 30.000 euros hacia su propio hijo. Deberá cumplir, además, otras medidas accesorias de libertad vigilada y órdenes de alejamiento, así como hacerse cargo del pago de las costas procesales.

No responderá por los supuestos abusos sexuales continuados hacia tres de los menores porque, pese a que el fiscal Antonio Amor los menciona en su escrito de acusación, ya se encuentran prescritos. El tiempo máximo para denunciar este tipo de delitos antes de que queden impunes es de una década cuando conllevan penas inferiores a los 10 años de prisión, como es el caso.

Dilaciones indebidas

El representante del Ministerio Público y la acusación particular han contemplado para la pena acordada la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas de carácter cualificado porque la causa estuvo paralizada desde 2017 hasta 2023 sin que se practicasen, durante ese periodo, las diligencias necesarias para esclarecer los hechos. Al penado, defendido por el letrado Javier Torres López, se le tomó la primera declaración en sede judicial por estos abusos en noviembre de 2012.

Los hechos se produjeron entre 1995 y 2014 en una vivienda en la Subida de los Riscos, en el término municipal de Mogán, y todos los denunciantes vivieron en ella, bien de forma permanente o temporal. El acusado reconoció que aprovechó la presencia de los menores de su familia en el interior de su domicilio para realizar tocamientos de índole sexual en un número indeterminado pero elevado de ocasiones.

Tres de las víctimas interpusieron denuncia por estos delitos en diciembre del año 2014, siete años después de haber alcanzado la mayoría de edad y una vez incoada la causa penal contra el agresor. Y es que, pese a que el procedimiento se inició en 2012, los últimos abusos reconocidos por J. A. A. se extendieron hasta dos años más tarde contra dos de sus sobrinos.

Modificación de las penas

La Fiscalía, que en su escrito de acusación no contemplaba ninguna circunstancia atenuante, reclamaba incialmente una pena de 33 años de cárcel al imputarle cinco delitos continuados de abusos sexuales contra menores, con edades comprendidas por debajo de los 13 años.

En la nueva pena acordada, a la que también se adhirió la acusación particular que representa a la madre de su hijo, se quita el carácter continuado de los abusos cometidos contra su hijo. El Ministerio Público rectifica y señala que estas acciones ocurrieron en una única ocasión en octubre de 2012.

El agresor se limitó a responder con un "sí" a la pregunta de si admitía los delitos contra ocho familiares

El acusado cumplirá un año de cárcel por un delito de agresión sexual continuado contra uno de sus sobrinos, ya adulto, y dos años y dos meses de cárcel por cada delito contra sus otros sobrinos menores de edad. Los abusos contra su hijo, debido a la gravedad de los hechos, conllevan una pena superior que asciende a los siete años y seis meses de prisión.

El agresor, ya en Sala, se limitó a responder con un "sí" a la pregunta de si reconocía los hechos por los que estaba siendo acusado. El magistrado Parramón, a la vista del acuerdo alcanzado por las partes y al determinar el tribunal que la pena pactada es ajustada a derecho, declaró una sentencia sobre la marcha de carácter firme y ante la que no cabe interponer recurso alguno.

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