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El Tribunal Supremo anula una condena por abusos sexuales a un profesor en Gran Canaria por incoherencias en los hechos probados

El alto tribunal detecta contradicciones en el fallo del TSJC, que describía la relación entre el docente y la alumna menor como afectiva, pero sin pruebas claras de delito, lo que obliga a emitir una nueva sentencia

Archivo - Detalle de la fachada del Tribunal Supremo.

Archivo - Detalle de la fachada del Tribunal Supremo. / EUROPA PRESS - Archivo

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Las Palmas de Gran Canaria

El Tribunal Supremo ha anulado la condena a prisión impuesta a un profesor de biología de un instituto de Gran Canaria por presuntos abusos sexuales a una alumna menor de edad, debido a errores en la forma en la que se relató y fundamentó el caso en instancias previas. El fallo, con importantes implicaciones jurídicas, obliga al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) a dictar una nueva resolución que aclare los hechos probados.

El origen del caso se remonta a 2022, cuando la Audiencia Provincial de Las Palmas condenó al docente —de más de 40 años— a cuatro años y un mes de prisión, además de seis años de libertad vigilada y la prohibición de trabajar con menores. El tribunal consideró acreditado que el profesor había iniciado un acercamiento progresivo a la menor de 16 años, ganándose su confianza hasta mantener encuentros fuera del centro educativo.

Según la sentencia inicial, esos encuentros habrían incluido besos, tocamientos y sexo oral, lo que llevó a considerar los hechos como constitutivos de un delito de abuso sexual con prevalimiento.

Revisión del TSJC: reducción de pena y contradicciones

Posteriormente, el TSJC estimó parcialmente un recurso presentado por la defensa del acusado. El tribunal rebajó la pena a dos años de prisión e impuso una indemnización de 3.000 euros para la víctima, modificando también algunas de las medidas de alejamiento y vigilancia.

Sin embargo, en su fallo, el TSJC introdujo elementos que ahora han sido cuestionados. El tribunal describió la relación como “afectiva” y señaló que habría sido iniciada por la joven, limitando los hechos a besos y roces mutuos, lo que no encajaba del todo con los hechos que se dieron por probados en primera instancia.

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