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San Bartolomé de Tirajana

Un recurso ante el TSJC pone en riesgo la regularización de 600 viviendas en Montaña La Data

Un informe pericial presentado por uno de los propietarios de suelo contra la aprobación del Plan Parcial señala «desproporción» en la edificabilidad

Carretera GC-503 a su paso por Montaña La Data, en San Bartolomé de Tirajana.

Carretera GC-503 a su paso por Montaña La Data, en San Bartolomé de Tirajana. / LP/DLP

San Bartolomé de Tirajana

Un informe pericial presentado por uno de los propietarios afectados por la revisión del Plan Parcial de Montaña La Data pone en riesgo la regularización de las 600 viviendas y la habilitación de suelo para la construcción de otras 500 casas, un documento aprobado por el Pleno en diciembre de 2023 y que permite la legalización de viviendas que están fuera de planeamiento desde hace años, la finalización de parte de la urbanización y la disponibilidad de suelo para zonas verdes y equipamiento sociosanitario o comercial.

Administraciones Hernández S. A., empresa propietaria de dos parcelas que suman unos 37.000 metros cuadrados -de los 440.800 metros que incluye este plan urbanístico- presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) contra la aprobación de la modificación del Plan Parcial con el objetivo de que se revise los parámetros de edificabilidad que recoge el documento. Tras el Pleno de diciembre, tanto el alcalde, Marco Aurelio Pérez, como el primer teniente de alcalde, Alejandro Marichal, pidieron a los vecinos «no judicializar el documento».

El peritaje, realizado por la arquitecta Ana Kursón a instancias de la parte recurrente emitido el 10 de noviembre de 2025, y al que ha tenido acceso este periódico, revela presuntas deficiencias en el documento aprobado por el Consistorio. Según el informe, el Plan Urbanístico contiene errores en el reparto de edificabilidad y dotaciones por parcelas y carece de informes preceptivos. En caso de que el TSJC estime el recurso, el informe apunta a que podría acordarse la nulidad total o parcial de la revisión del plan, la obligación de recalcular los aprovechamientos urbanísticos y la subsanación de las deficiencias detectadas, lo que retrasaría nuevamente el desarrollo y regularización del núcleo.

Diferencias entra las cargas que soportan diferentes parcelas

El documento sostiene como principal argumento que no se respeta el principio de equidistribución, que establece que todos los propietarios deben contribuir de manera proporcional tanto en las cargas como en los beneficios de una actuación. En este sentido, el texto considera que el aprovechamiento urbanístico medio entre diferentes parcelas difiere en un 18,9%, por lo que supera el 15% de límite máximo recomendado. Esto significa «una desproporcionalidad en el reparto de cargas y beneficios». El informe subraya que esta diferencia tiene efectos sobre la viabilidad económica, ya que determina cuánta edificabilidad y qué superficie debe cederse para viales, zonas verdes, equipamientos y otras dotaciones públicas.

El informe señala que la Unidad de Actuación I del sector urbanizable, donde Administraciones Hernández posee una parcela de 28.400 metros cuadrados, presenta un aprovechamiento medio de 0,3058 metros cuadrados por metro cuadrado, mientras que otra unidad alcanza 0,3636 metros cuadrados por metro cuadrado. En la práctica, esto se traduce en que la empresa aportaría más suelo para dotaciones públicas o recibiría menos edificabilidad que otros propietarios en proporción a su terreno.

Coeficientes de 2008 para valorar los usos comerciales

Una segunda parcela de la empresa, de 9.074 metros cuadrados, tiene 1.252,6 metros cuadrados como Suelo Urbano No Consolidado (SUNCU), un 22,90% de la Unidad de Actuación VIII. El informe destaca que, aunque originalmente estas parcelas eran urbanas, el Plan General de 1996 las consideró como suelo urbanizable programado, y es la actual revisión la que establece esta nueva distribución.

El peritaje cuestiona también la valoración de usos comerciales y señala que el plan mantiene coeficientes de 2008 que sobrestiman el valor comercial en un 40% respecto al residencial, pese a la «obsolescencia y devaluación» actual del sector en el municipio, en una cita que atribuye a informes del Cabildo y la Cámara de Comercio de 2023. Este coeficiente incide en el aprovechamiento de la UA-I, donde se concentra parte del uso comercial previsto, lo que agrava el desequilibrio denunciado por la empresa recurrente, según el informe.

Ausencia de informes preceptivos

El documento pericial también identifica carencias relevantes en el expediente como las ausencias del informe preceptivo de la interventora municipal sobre aspectos económicos, de los estudios obligatorios de impacto climático (Ley 6/2022) y de género (Ley 1/2010), del acuerdo plenario expreso para continuar la tramitación bajo la Ley 4/2017 del Suelo y las determinaciones del Plan Territorial del Paisaje para la zona.

Más de 30 años de conflictos judiciales

Montaña La Data presenta un prolongado historial de conflictos urbanísticos y judiciales desde hace 30 años, cuando el sector fue integrado en el Plan General de Ordenación de 1996. Ese cambio propició los primeros recursos ante la Justicia y llevó a que distintas resoluciones del TSJC dictadas en 2003 y 2004 anularan tanto la clasificación del suelo efectuada en dicho planeamiento como el proyecto de reparcelación aprobado en 1998. La actual revisión, iniciada en 2011 y aprobada inicialmente en 2014, tardó casi nueve años en culminarse hasta su aprobación definitiva en diciembre de 2023.

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