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Inés Miranda, consejera de Política Territorial del Cabildo de Gran Canaria: "La anulación del Plan Insular de Ordenación produce infinito perjuicio"

La máxima responsable del instrumento tumbado por la Justicia defiende que el documento está "completamente ajustado a derecho" y lamenta los numerosos proyectos "de interés general" que quedan en el aire al carecer de amparo legal. A su juicio, existen fundamentos suficientes para presentar recurso de casación tanto ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias como al Tribunal Supremo

Inés Miranda, consejera de Política Territorial y Paisaje del Cabildo de Gran Canaria.

Inés Miranda, consejera de Política Territorial y Paisaje del Cabildo de Gran Canaria. / Andrés Cruz

Iván Alejandro Hernández

Iván Alejandro Hernández

Las Palmas de Gran Canaria

¿Qué supone para el gobierno insular la anulación del Plan de Ordenación por parte del TSJC?

La anulación del PIO afecta a toda la isla porque daña el interés general, produce efectos concatenados de infinito perjuicio. La resolución es completamente irresponsable, desde nuestro punto de vista. Con una lectura de sus ocho páginas, vemos que no se ajusta al derecho, que no se ajusta a la realidad y que el tribunal se inmiscuye en las competencias de la Administración.

¿En qué puntos concretos falla, a su juicio, el razonamiento del tribunal?

Se afirma que la Ley (19/2003 de Directrices de Ordenación General) está derogada, pero eso no es cierto. Esa norma mantiene disposiciones vigentes. Por tanto, no se puede sostener que el Plan se apoye en una base legal inexistente. Además, el tribunal fundamenta parte de su razonamiento en la memoria informativa del Plan, pero la parte que realmente establece las determinaciones obligatorias es la normativa del Plan, y ahí es donde se concreta su encaje jurídico. Desde nuestro punto de vista, no se ha entrado a analizar ese contenido, sino que se ha hecho una lectura parcial, centrada en el título o en referencias generales, sin valorar el conjunto del documento ni su adaptación a la legislación posterior. Y desde luego, por un nombre o una lectura incompleta, no se puede anular un documento como el Plan Insular ni cuestionar su validez jurídica en esos términos. Además, quiero dejar claro que el Plan Insular se tramitó conforme al régimen transitorio previsto en la Ley del Suelo de 2017, que permite continuar procedimientos en marcha siempre que se eliminen las determinaciones contrarias a la nueva normativa. Eso es exactamente lo que se hizo. Nuestro Plan Insular se ajusta perfectamente al derecho sustantivo.

¿Cómo afecta en el ámbito de las renovables?

Proyectos de desarrollo sostenible pueden a quedar frustrados porque no tienen amparo legal. Implica un gran perjuicio para el desarrollo de las energías renovables, dado que se establecían ámbitos perfectamente destinados para ellos, haciendo compatible la eficacia, la eficiencia y la penetración de las renovables en Gran Canaria, con lo cual podría producir un parón en este ámbito. 

¿Podría citar algunos proyectos o iniciativas en este sentido?

La ampliación de nuevas zonas aptas para la implantación de energía eólica o la posibilidad de desarrollo de instalaciones fotovoltaicas. Además, se dificultaría o incluso se impediría el desarrollo de actividades como la acuicultura en determinadas áreas. En el caso de Salto de Chira, el proyecto puede seguir adelante, porque se ha realizado por otro procedimiento específico y consta ya con todos los parabienes favorables, no se va a paralizar. Pero sin el Plan Insular actual sería imposible que otros saltos de agua pudieran realizarse, como los que estaban previstos en La Aldea. 

¿Qué consecuencias tiene para el sector primario?

Se produce un grave perjuicio para el suelo agrario, porque en el PIO había una ampliación del suelo destinado a la actividad agrícola, que ahora se verá más restringida con las graves consecuencias que eso va a tener para el sector primario. También se invita a una desprotección de los espacios naturales. De acuerdo con el PIO que hemos aprobado, un 86% del territorio de la isla estaba ya apartado de la posible habitabilidad. Todo esto decae plenamente. En el PIO también tenemos la ampliación de espacios protegidos, por ejemplo, de Amurga o Tauro, pero ahora nos vemos limitados. Otra cuestión que también es de grave preocupación es la no posibilidad de ejecución del Ecoparque sur.

¿Y en el sector turístico?

Se produce una parálisis importante en cuanto al planteamiento turístico. El actual plan insular habla de una ordenación turística que permitía un desarrollo turístico en el norte, en el noroeste y en el interior, que se apartaba de un turismo de masas. Establece un turismo identitario. En la zona noroeste hablábamos de 3.000 camas, pero con un tipo de construcción adaptado a la tipología canaria. Hablamos de 25 camas por hectárea, lo que se aparta de la aplicación que hemos tenido en el desarrollo turístico del sur de Gran Canaria.

En movilidad, ¿afecta a proyectos como el tren o carreteras?

El desarrollo del tren no se vería afectado, ya que cuenta con su propio plan territorial, que permite ejecutar la infraestructura cuando los proyectos estén plenamente aprobados. No obstante, el Plan Insular sí daba cobertura a actuaciones de movilidad interior en la isla. En concreto, permitía ejecutar mediante proyectos las vías de menos de tres kilómetros. Esa posibilidad decaería en caso de que el plan quedara anulado de forma definitiva, un escenario que, en cualquier caso, desde el Cabildo confíamos en evitar. También la circunvalación de Mogán, por ejemplo, o la vía alternativa en el noroeste, en el ámbito del PTP-15, que puede ser ejecutada directamente con proyectos, no podría llevarse a cabo en el PIO si decae. 

La oposición en el Cabildo calificó la sentencia de “varapalo judicial y político”. ¿Asume el gobierno alguna responsabilidad?

Vamos a ver, yo como responsable pública, y a mí me gusta definirme como activista de los intereses sociales, asumo la responsabilidad de haber redactado un Plan de Ordenación de Gran Canaria completamente ajustado al derecho. Contamos con el mejor equipo técnico que existe en Canarias para tramitar un procedimiento de la densidad que tiene un plan insular. Y, por supuesto, discrepamos profundamente de la sentencia, porque crea inseguridad jurídica, no se ajusta a derecho y dice cosas que no son ciertas. Por supuesto que asumo la responsabilidad que corresponde a este Gobierno y es la de haber tramitado un documento que es el que necesitaba Gran Canaria, que es el que se ajusta a su realidad social y económica y que además está ajustado al derecho sustantivo vigente. 

¿En qué basa esa seguridad jurídica del Plan?

Es un Plan que cuenta con más de cien informes favorables y en ningún caso las administraciones implicadas advirtieron de que se estuviera aplicando una normativa derogada. Al contrario, no hay ningún informe desfavorable. Hay una sentencia del Tribunal Constitucional del año 2019 que deja claro que la directrices del suelo rústico y de ordenación del turismo de la Ley 19/2003 no estaban derogadas. Pero es que en el mismo sentido se posicionó el Consejo Consultivo de Canarias en su dictamen sobre la Ley del Suelo, donde especifica qué partes de la Ley 19/2003 siguen vigentes, entre ellas las relativas al suelo rústico y al turismo. Si la Ley 4/2017 hubiera querido derogar por completo la Ley 19/2003, lo habría hecho de forma expresa, tal cual lo hizo con la Ley de Proyectos Estratégicos, que dice que queda derogada integralmente.

Colectivos como las plataformas afectadas por la ley turística han sido críticos con el documento ¿Se ha escuchado y atendido suficientemente a estos grupos?

Se les ha escuchado. Han tenido la oportunidad de participar no solo en los periodos de información pública y consulta, sino también en reuniones en las que siempre se les ha atendido y tenido en cuenta. Pero es que no están en contra del PIO, sino contra de la Ley Turística. El Plan Insular no introduce ninguna novedad en este ámbito, se limita a recoger lo que establece la Ley de Renovación y Modernización Turística de Canarias, es decir, diferencia entre zonas turísticas y residenciales; en el caso de los ámbitos mixtos atribuye a los ayuntamientos la competencia para concretar el uso final a través de sus planes generales. Eso es exactamente lo que hace el PIO, trasladar ese mandato legal al planeamiento insular. Por tanto, el PIO no decide el uso de cada parcela, sino que establece el marco que fija la ley. 

¿Y ya se están llevando a cabo proyectos en el marco del PIO?

Sí, hay proyectos que ya se están estudiando y otros que avanzan en su viabilidad a través de la redacción de documentos técnicos. También hay municipios que están en procesos de modificación de sus planes generales para adaptarse al PIO. Los ayuntamientos, además, se encuentran en una posición compleja. El Plan sigue vigente y deben ajustarse a él, pero al mismo tiempo está pendiente de resolución judicial. Eso genera inseguridad jurídica en la toma de decisiones y puede afectar a la tramitación de planeamientos y proyectos en curso, con consecuencias relevantes para el desarrollo municipal.

El PIO contempla el desarrollo de un muelle deportivo en Santa Águeda. ¿Qué futuro tiene este proyecto en el contexto actual?

En cuanto a actuaciones concretas, hay que analizar cada caso de forma detallada para que cada administración pueda tomar decisiones con claridad dentro de sus competencias. Desde la Consejería estaremos a disposición para colaborar y facilitar ese proceso en la medida de lo posible. En el caso de Santa Águeda, el Plan Insular vigente recoge el mismo esquema que el de 2004: la actividad de la cementera puede mantenerse hasta que finalice su concesión. Una vez esa concesión expire y no sea prorrogada, una decisión que corresponde al Gobierno de Canarias, el ámbito podrá reconvertirse al uso turístico previsto en el planeamiento. Por tanto, no se trata de una determinación nueva del PIO, sino de una continuidad de lo ya establecido. 

El siguiente paso, como ya han anunciado, es presentar recursos de casación. ¿Se plantean acudir tanto al Tribunal Supremo como al TSJC?

La decisión se está analizando en el ámbito jurídico del Cabildo y se está estudiando en profundidad cuál es la vía más adecuada. A mi juicio, existen fundamentos para acudir a ambas instancias, pero es una cuestión delicada que requiere el máximo rigor antes de formalizar los recursos. Cuando se adopte una decisión, se explicará con detalle.

¿Cuánto tiempo puede tardar en resolverse este proceso judicial?

Este tipo de procedimientos suelen prolongarse en el tiempo, entre otras razones, por la carga de trabajo de los tribunales y la complejidad de un documento como el Plan Insular. Estamos hablando de un instrumento muy amplio, con múltiples implicaciones, lo que exige un análisis exhaustivo tanto de la sentencia como de los recursos. 

¿Contempla el Cabildo escenarios alternativos si la anulación del PIO llega a ser firme?

El Plan Insular siempre se ha concebido como un instrumento vivo, sujeto a revisión y actualización permanente para adaptarse a la realidad social, económica y ambiental de la isla. En esa línea ya se venía trabajando, con mecanismos de seguimiento y estudios continuos. Al margen de esta sentencia, el Cabildo mantiene esa dinámica de actualización. Ahora bien, cualquier revisión o adaptación del planeamiento depende también de los procedimientos legales y de los informes de otras administraciones, lo que condiciona los tiempos. En cualquier caso, el objetivo sigue siendo garantizar que Gran Canaria disponga de un marco de ordenación actualizado y ajustado a las necesidades actuales.

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