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El Tribunal Supremo admite el séptimo recurso contra la unidad de explotación turística en Canarias

El Alto Tribunal analizará si la limitación del alquiler vacacional individual en apartamentos o bungalows vulnera la normativa

Vista de la playa de Patalavaca, los aprtamentos Don Paco y, al fondo, el hotel Doñana.

Vista de la playa de Patalavaca, los aprtamentos Don Paco y, al fondo, el hotel Doñana. / Andrés Cruz

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Iván Alejandro Hernández

Iván Alejandro Hernández

Las Palmas de Gran Canaria

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el séptimo recurso de casación presentado contra la política del área de Turismo del Gobierno de Canarias en materia de alquiler vacacional, que tendrá que dirimir sobre el principio de unidad de explotación en los complejos turísticos del Archipiélago. La decisión sitúa nuevamente en el centro de la controversia un modelo que limita la comercialización individual de apartamentos y bungalows, obligando a su gestión conjunta bajo un único operador.

El recurso ha sido interpuesto por la Plataforma de Afectados por la Ley Turística, que cuestiona la negativa reiterada de la administración a permitir el alquiler vacacional por parte de propietarios individuales en este tipo de complejos. Según sostienen, la interpretación que realiza el Ejecutivo autonómico del principio de unidad de explotación supone, en la práctica, una prohibición encubierta de esta actividad.

El núcleo del litigio gira en torno a dos cuestiones clave. Por un lado, si es legal impedir el uso vacacional de estos inmuebles con independencia de que exista o no un explotador turístico único en el complejo. Por otro, la jerarquía normativa aplicable, ya que los recurrentes denuncian que la normativa autonómica canaria estaría desplazando tanto la legislación estatal como el derecho comunitario europeo, que consagran la libertad de prestación de servicios y de empresa.

Doble discurso

El documento presentado ante el Supremo también critica lo que considera un “doble discurso” de la administración. Mientras que en sede judicial el Gobierno de Canarias sostiene que los propietarios pueden obtener rentas individuales,siempre que no sea a través del alquiler vacacional, en la práctica, según los denunciantes, los cabildos insulares y la propia Consejería de Turismo continúan incoando expedientes sancionadores contra quienes destinan sus inmuebles a este uso.

La controversia se extiende además al propio concepto de vivienda. El recurso intenta desmontar la tesis de que los apartamentos turísticos no son intrínsecamente residenciales, calificándola de “preconcebida y ahistórica”. En este sentido, los recurrentes defienden que estos inmuebles deben poder destinarse a segunda residencia o a explotación individual, en igualdad de condiciones con el resto del territorio nacional.

No es la primera vez que el Alto Tribunal aborda esta cuestión. Ya en 2018 analizó argumentos similares, que entonces rechazó al considerar que la finalidad de la norma autonómica era proteger la estructura del sector turístico. Sin embargo, la reiteración de recursos y la extensión del conflicto han llevado ahora al Supremo a apreciar interés casacional objetivo, dado el impacto que su resolución puede tener sobre miles de propietarios en Canarias.

Limbo legal

El caso se enmarca en un contexto de creciente inseguridad jurídica. Diversas estimaciones sitúan en torno a 25.000 las viviendas vacacionales afectadas por la actual regulación en complejos extrahoteleros, muchas de ellas en una situación de limbo legal a la espera de una clarificación normativa. Al mismo tiempo, el debate enfrenta a propietarios y asociaciones del alquiler vacacional con las patronales turísticas, que defienden la unidad de explotación como garantía de calidad y ordenación del destino.

La resolución que adopte el Tribunal Supremo será determinante, ya que deberá pronunciarse sobre si la explotación conjunta obligatoria responde a razones de interés general o si, por el contrario, constituye una restricción desproporcionada a los derechos de propiedad y a la libertad de empresa. Su fallo, además, podría sentar jurisprudencia y redefinir el modelo turístico de Canarias en uno de sus aspectos más controvertidos.

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