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Juan Antonio Peña celebra una sentencia clave para Telde: se libra de pagar 6,5 millones por los aparcamientos de San Gregorio

Las empresas reclamaban 6.551.958 euros por supuestos daños vinculados a la antigua concesión de los aparcamientos subterráneos

Juan Antonio Peña celebra una sentencia clave para Telde se libra de pagar 6,5 millones por los aparcamientos de San Gregorio

Juan Antonio Peña celebra una sentencia clave para Telde se libra de pagar 6,5 millones por los aparcamientos de San Gregorio / La Provincia

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José A. Neketan

José A. Neketan

Telde

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº4 de Las Palmas de Gran Canaria ha desestimado la reclamación interpuesta por Aliseda S.A.U. e Inversiones Tamadaba S.A.U. contra el Ayuntamiento de Telde, en la que solicitaban 6.551.958 euros por presuntos daños y perjuicios relacionados con la antigua concesión del aparcamiento subterráneo y la plaza de San Gregorio. La sentencia, fechada el 21 de abril de 2026, respalda la argumentación municipal y descarta la indemnización reclamada. El pronunciamiento no impone costas a ninguna de las partes y deja abierta la vía del recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

El origen del litigio se sitúa en el acuerdo del Pleno de abril de 2009, por el que se resolvió la concesión administrativa otorgada a Calvican S.L. para ejecutar y explotar el parquin y el espacio público de San Gregorio. A partir de esa decisión, las demandantes sostuvieron que ostentaban la titularidad de numerosas plazas de garaje y locales vinculados a aquel proyecto y reclamaron compensación económica, principalmente por lucro cesante y pérdida de explotación.

Adquisiciones posteriores y sin “derechos” transmitidos

El Ayuntamiento de Telde planteó en el procedimiento que las empresas no formaban parte de la relación concesional original y que, de hecho, habían adquirido esos activos inmobiliarios años después, entre 2013 y 2017, cuando la concesión ya se consideraba resuelta y extinguida. Con ese argumento, el consistorio sostuvo que no podía exigirse una indemnización a la administración por un vínculo que no existía en el momento de la compra.

El pleno municipal resolvió en 2009 la concesión a Calvican S.L. para ejecutar y explotar el aparcamiento

El juzgado coincide con esa lectura y subraya que Aliseda e Inversiones Tamadaba no fueron los titulares directamente afectados por la resolución de 2009, sino adquirentes posteriores en operaciones privadas. Además, el fallo señala que no quedó acreditada una cesión expresa de eventuales derechos indemnizatorios por parte de quienes tenían previamente esos bienes, por lo que no procede la subrogación frente al Ayuntamiento.

Posibles reclamaciones, fuera de la administración

La resolución apunta, asimismo, que si existiera alguna controversia económica ligada a la transmisión de los bienes, esta debería dirigirse, en su caso, contra las partes intervinientes en esas operaciones privadas, y no contra el Ayuntamiento de Telde.

La resolución «es una buena noticia porque protege los intereses económicos de los teldenses», destaca Peña

El alcalde de Telde, Juan Antonio Peña, valora la resolución como "una noticia muy importante para la ciudad, porque protege los intereses económicos de todos los teldenses y demuestra que el Ayuntamiento está actuando con rigor, responsabilidad y solvencia jurídica". Peña destaca además que "la estimación de una reclamación de más de 6,5 millones de euros habría supuesto un durísimo golpe para la estabilidad económica municipal y para la capacidad del Ayuntamiento de seguir impulsando servicios, inversiones y proyectos para la ciudadanía". El regidor local agradece expresamente "el gran trabajo realizado por la Asesoría Jurídica municipal, a todo el equipo del Ayuntamiento, en este procedimiento de enorme complejidad".

Por su parte, el concejal de Asesoría Jurídica, Juan Francisco Jiménez, señala que "esta sentencia refuerza la credibilidad institucional del Ayuntamiento y evidencia la importancia de contar con una defensa jurídica sólida y comprometida con la protección del interés público". La resolución judicial desestima completamente el recurso presentado por las mercantiles demandantes y no impone costas a ninguna de las partes, aunque contra la sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

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