Urbanismo
El TSJC rechaza paralizar las obras del parque empresarial de El Hornillo
El tribunal avala que continúe el proyecto urbanístico formado por 319 viviendas, dos colegios y un parque comercial, al no apreciar perjuicio irreparable para los recurrentes, propietarios de una finca afectada

Parcela entre Sonneland, la GC-1 y Barranco Las Tabaqueras. / Andrés Cruz

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rechazado paralizar el desarrollo urbanístico de El Hornillo, en San Bartolomé de Tirajana, y ha avalado que continúen las obras de un parque comercial, 319 viviendas, y dos colegios, entre la autopista del Sur y Sonnelandal desestimar el recurso de apelación presentado por los propietarios de una de las parcelas afectadas. La sentencia, dictada el 13 de mayo de 2026 por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, confirma así la decisión previa de un juzgado que ya había denegado la adopción de medidas cautelares en noviembre de 2025.
El fallo responde al recurso interpuesto por los propietarios de la finca registral 9.684, Ricardo Pascual y Montserrat Rodríguez, que solicitaban la suspensión del acuerdo urbanístico mientras se resuelve el procedimiento principal sobre la legalidad del proyecto. El tribunal, sin embargo, concluye que no concurren las circunstancias necesarias para acordar esa paralización y mantiene la ejecución del plan.
La Sala centra su análisis en el carácter excepcional de las medidas cautelares dentro de la jurisdicción contencioso-administrativa. En este sentido, recuerda que su función no es anticipar el resultado del litigio, sino evitar que la sentencia final pierda eficacia. Bajo este criterio, el tribunal evita pronunciarse sobre el fondo del asunto, es decir, la legalidad del planeamiento, y limita su valoración a la existencia o no de un perjuicio irreparable.
La finca ya está protegida
En este punto, la resolución indica que la finca 9.684 ya está protegida por una medida cautelar previa acordada en junio de 2025 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6, que suspendió la ejecución del proyecto exclusivamente sobre esa parcela. Esta circunstancia, según el TSJC, garantiza que los propietarios no sufrirán daños directos mientras se resuelve el litigio principal.
Además, frente al interés particular de los recurrentes, la Sala sitúa el interés general asociado al desarrollo del sector, que incluye la ejecución de dotaciones públicas y viviendas, parte de ellas protegidas. En este contexto, advierte de que una paralización total del proyecto implicaría “cuantiosas pérdidas económicas”, tanto para las promotoras como para el conjunto de propietarios integrados en la unidad de actuación.
A ello se suma un tercer argumento: la posibilidad de resarcimiento económico. El TSJC señala que, en caso de que la sentencia sobre el fondo del asunto sea favorable a los demandantes y resulte imposible restituir la finca a su estado original por el avance de las obras, los perjuicios podrían ser compensados mediante una indemnización de daños y perjuicios. Este elemento refuerza, a juicio del tribunal, la innecesariedad de adoptar una medida cautelar de suspensión global.
Un rompecabezas judicial
El desarrollo urbanístico de El Hornillo se ha convertido en un complejo rompecabezas judicial que abarca casi una década de conflictos entre propietarios, la administración y promotores por la titularidad de los terrenos, que ha discurrido en ramificaciones civiles, contenciosas-administrativas e incluso penales.
Los litigios se remontan 2017, cuando parte de los propietarios del suelo donde se desarrollaría el proyecto del parque empresarial denunciaron haber sido excluidos inicialmente en la Junta de Compensación porque no figuraban en el registro de la propiedad en ese momento. Esa discrepancia desencadenó una cadena de procedimientos judiciales que derivó en la anulación del planeamiento en 2021. A partir de ahí, el conflicto se trasladó también a la vía penal, con una investigación abierta contra responsables municipales y técnicos, que quedó archivada definitivamente este año.
En paralelo, en junio de 2025 el Ayuntamiento reactivó el proyecto con una nueva tramitación, aunque con medidas cautelares que mantienen fuera de las obras la finca en litigio. En este contexto, la sentencia del TSJC refuerza el desbloqueo del proyecto desde el punto de vista administrativo, al permitir que las obras continúen, con la única excepción de la finca 9.684, cuyo futuro quedará condicionado a la resolución definitiva del procedimiento judicial.
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