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La Audiencia confirma el derribo parcial de 14 chalés en La Bufona

La sentencia rebaja la condena de cárcel de seis a dos meses de los promotores

Viviendas en la urbanización La Bufona, en Arrecife. LP/DLP

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha confirmado la orden de derribo parcial de catorce chalés situados en el Plan Parcial La Bufona (Arrecife), entre cuyos propietarios se encuentra la presidenta insular del PP y parlamentaria regional, Astrid Pérez. Parte de las viviendas se edificaron en suelo rústico de protección en el que se construyeron piscinas, pérgolas y muros de cerramiento de cada casa. Las obras, según la Audiencia Provincial, "Sin duda", subraya la Audiencia Provincial, "no son susceptibles de legalización habida cuenta de la calificación del suelo en que se asientan", por lo que están "completamente fuera de ordenación".

Asimismo, la sentencia rebaja las penas impuestas inicialmente por el Juzgado de lo Penal Nº3 de Arrecife al constructor Antonio Caro y el arquitecto Federico Echevarría por un delito contra la ordenación del territorio, ya que resultaron absueltos de los delitos de desobediencia grave, falsedad y estafa. De los seis meses de prisión a los que cada uno fueron condenados, además de un año de inhabilitación y una multa de 3.600 euros, ahora la Audiencia ha determinado dos meses de prisión para cada uno, una multa de 1.200 euros y la inhabilitación especial para la profesión de promotor o constructor por un tiempo de tres meses menos un día. Se ha aplicado un nuevo cómputo "muy cualificado" del atenuante de dilaciones indebidas frente al que hizo el pasado año el Juzgado de lo Penal Nº 3 de Arrecife. El proceso se inició en el año 2000 tras la denuncia presentada por la familia Murillo.

Durante el juicio quedó probado que "los acusados realizaron la construcción de las viviendas con conocimiento de que parte de las obras se efectuaban dentro del suelo clasificado por el Plan Insular de Ordenación de Lanzarote como Suelo Rústico de Valor Natural Ecológico, invadiendo con ellas suelo especialmente protegido, no respetando además los límites de superficie y volúmenes edificatorios permitidos por el Ayuntamiento de Arrecife". Echevarría reclamó durante el juicio que los promotores solo se ocuparan de tirar el muro de cerramiento de la parcela, pero no otras edificaciones, como las piscinas. El dueño de una de las casas, que declaró como testigo, afirmó que el hueco de la piscina ya estaba hecho cuando adquirió su casa.

Este nuevo fallo judicial, que es firme, impone las costas causadas por su recurso a las acusaciones particulares, cuyas pretensiones han sido desestimadas.

Por otro lado, el Senado ha admitido la consulta planteada por el recurrente Gonzalo Murillo, para que consulte al Ministerio de Hacienda y Función Pública sobre la doble referencia catastral alfanumérica (una de naturaleza rústica y otra de naturaleza urbana) en una calle ficticia que no existe en Arrecife, en relación a la vivienda de Astrid Pérez".

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