La declaración de la prostituta que estuvo con Raúl Díaz en la tarde del 4 de enero se ha considerado crucial en las investigaciones que se llevan a cabo para determinar la forma en la que pudo haber muerto Romina Núñez a manos de su marido. Ante el temor que la testigo de haber estado con Raúl pudiera abandonar el país antes de la celebración del juicio la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Arrecife decidía aplicar el artículo 797.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que establece "que cuando por razón del lugar de residencia de un testigo o víctima o por otro motivo fuera de temer razonablemente que una prueba no podrá practicarse en el juicio oral, o pudiera motivar su suspensión, el juez practicará inmediatamente la misma asegurando, en todo caso, la posibilidad de contradicción de las partes'. Así, se lograba localizar en Barcelona a la testigo que declaraba el pasado 11 de febrero a través de videoconferencia desde el juzgado decano de Hospitalet de Llobregat. La testigo ratificaba ante la juez, con la presencia de Raúl y su abogado, sus declaraciones realizadas a la Guardia Civil en la que contó que había estado con Raúl en un club de alterne de Arrecife y que este presentaba arañazos en la costilla, la espalda, la barbilla y la frente.